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PANDEMIA
Hisopados y burocracia complican el tránsito entre provincias argentinas
MINING PRESS/ENERNEWS/La Nación
26/08/2020

GABRIELA ORIGLIA

Solange Musse murió esperando a su papá, Pablo Musse. Había viajado desde Neuquén para verla en Alta Gracia (Córdoba) y dos tests "positivos sospechosos" hicieron que en el puesto de control de Huinca Renancó lo hicieran regresar 1000 kilómetros, escoltado por patrulleros de cuatro provincias. No podía bajarse a comprar comida y su cuñada, discapacitada motriz, debió usar como baño el campo abierto.

 

 

Victoria y Antonella Garay presentaron 11 solicitudes a San Luis para ingresar a ver a padre, agonizante de un cáncer terminal. Les rechazaron diez, la última se la aceptaron -con la exigencia de una cuarentena "excepcional" de siete días en una residencia del Estado- pero no sirvió. Martín Garay murió mientras ellas recorrían los 3200 kilómetros desde Tierra del Fuego.

El común denominador de estos dos casos que conmovieron al país son las disposiciones de las provincias, e incluso de los municipios, que condicionan el libre tránsito en la Argentina durante esta época de pandemia y cuarentena por el coronavirus. La aplicación Cuidar diseñada por el Gobierno nacional no se utiliza en todo el territorio y los gobernadores e intendentes instrumentan medidas que para los constitucionalistas son equiparables a "aduanas internas", las que regían en el país en la época pre-constitucional. El artículo 9 de la Constitución Nacional las abolió.

 

 

 

Las decisiones de gobernadores e intendentes incluyen exigencias de hisopados negativos realizados 48 horas antes, cuarentenas (algunos las piden en hoteles, otros en domicilios), completar formularios. Además, queda en manos de las autoridades aceptar o no el motivo del pedido.

Fronteras cerradas

Algunos distritos, como Chaco y Tucumán, directamente tienen fronteras cerradas y solo pueden ingresar repatriados. Hay municipios que impiden que los transportistas de carga se bajen en el pueblo. La heterogeneidad de exigencias es amplia y, además, dinámica. "Llame antes de viajar", aconsejan en los comités de emergencia. En la excepcionalidad no hay regla, ni uniformidad.

El presidente Alberto Fernández firmó el 12 de marzo el Decreto de Necesidad y Urgencia que amplió la Emergencia Sanitaria y dispuso la adopción de "nuevas medidas para contener la propagación del nuevo coronavirus". Algunos de los puntos se fueron prorrogando, como la suspensión de vuelos internacionales, o las habilitaciones de actividades. Desde mediados de abril el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, fue coordinando con los gobernadores excepciones y autorizaciones.

Desde la Secretaría de InnovaciónPública nacional indicaron que la aplicación Cuidar no establece ningún marco y sólo permite hacer el autodiagnóstico e integrar un permiso que se tramita en otro lado. También aclararon que los Certificados de Circulación se dan de alta y gestionan a partir de las normas sancionadas por Jefatura de Gabinete y/o por jurisdicciones (que valida Jefatura) y que esa documentación es interjurisdiccional y está pensada para las actividades esenciales o autorizadas, y para cuestiones de fuerza mayor (traslado de chicos/as, trámites impostergables, mudanzas donde están autorizadas, tratamientos médicos, asistencia, etcétera).

 

"Entendemos que las medidas de seguridad las establece cada jurisdicción, pero no es nuestro tema. El permiso de regreso a casa lo pide y autoriza cada provincia", agregaron.

Debate

El constitucionalista Antonio María Hernández advierte que en la Argentina "no rige la Constitución ni la doctrina elemental de la emergencia" y enfatiza que la situación actual choca contra la resolución 1/2020 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Allí se indica, entre otros aspectos, que "toda restricción o limitación que se imponga a los derechos humanos con la finalidad de protección de la salud en el marco de la pandemia Covid-19 cumpla con los requisitos establecidos por el derecho internacional de los derechos humanos".

En particular, se refiere a que esta restricción cumpla el "principio de legalidad, sea necesaria en una sociedad democrática y, por ende, resulte estrictamente proporcional para atender la finalidad legítima de proteger la salud". También el Pacto de San José de Costa Rica (al que la Argentina adhiere) sostiene que "en caso de guerra, de peligro público o de otra emergencia que amenace la independencia o seguridad del Estado parte, éste podrá adoptar disposiciones que, en la medida y por el tiempo estrictamente limitados a las exigencias de la situación".

"Después del primer decreto de Fernández, todo el resto fue un avance sostenido sobre derechos fundamentales, sin intervención del Poder Judicial porque estaba de feria y con escasa participación del Congreso que, en situaciones de emergencia, debe ocupar el centro de la escena y establecer lineamientos conformes a la Constitución", agrega Hernández.

Controles en la frontera de Jujuy

 

 
Controles en la frontera de Jujuy Fuente: LA NACION - Crédito: Javier Corvalan

 

Y asegura: "Estamos funcionando con una estructura pseudo constitucional". Recuerda que en la época del "corralito" (2001/2002) en la Argentina hubo record de presentación de amparos (400.000). "Ahora son muy pocos, la gente está dominada por el miedo pero con el paso de los días empieza a ver lo que sucede. Estamos frente a prácticas propias del feudalismo".

Economías alteradas

Desde fines de marzo los productores rurales y comerciantes de zonas límites con San Luis tienen problemas para ingresar y cuando lo pueden hacer, deben cumplir exigencias cada vez más duras. Las entidades agropecuarias se hicieron eco y plantearon que "el feudalismo atenta contra el federalismo y la producción".

Como el paso del tiempo no trajo una solución, la Sociedad Rural de Río Cuarto, la Asociación Fomento Rural Pueblo Torres de Vicuña Mackenna, la Asociación Civil de Transportistas de Achiras y el Consorcio Caminero 158 de Achiras, presentaron ante la Justicia Federal de Río Cuarto una acción de amparo por considerar inconstitucional la resolución que dispone los bloqueos y una medida cautelar para que se proceda a su levantamiento. Si bien obtuvieron una respuesta favorable, en paralelo la Justicia de San Luis hizo lugar a una presentación del gobierno de Alberto Rodríguez Saá para mantener los cierres. La causa llegó a la Corte Suprema. Mientras tanto, los problemas siguen.

En La Rioja -que volvió a fase 1 por un brote-, el Centro Comercial e Industrial, reclamó al ministro de Trabajo, Federico Bazán, por no incluir al transporte de mercaderías como actividad "exceptuada". Esto, dice, afecta a muchas actividades y distorsiona la cadena de pagos.

En las primeras semanas de la cuarentena, decenas de municipios en todo el país establecieron reglas propias para la circulación del transporte de cargas lo que disparó la reacción de grupos empresarios. Todavía hoy hay ciudades que hacen un test a quienes pasan por ellas y, de dar positivo, los dejan aislados.

En esa situación de vio la familia de Egidio Fabiani, de Marcos Juárez (sureste cordobés). La mujer viajó a la ciudad Córdoba la semana pasada a despedir a su esposo, a quien se le complicó una cirugía. En Villa María, los detuvieron para un control. A ella el test le dio positivo, quedó asilada dos noches hasta que el hisopado demostró que no tenía coronavirus. Su marido murió la primera noche en que ella no pudo llegar.

Martín Barbará, especialista en Derecho Político y abogado de la familia Musse, subraya que en contextos de emergencia -como el actual- hay derechos que pueden ser restringidos, "pero no pueden ser aniquilados. Que haya terraplenes que no permitan circular ameritaría la intervención del Gobierno federal. No es sostenible este esquema porque es asumir que existen Estados independientes. La Constitución garantizó la centralización del poder estatal y todo el territorio está alcanzado por él. Se está quebrando ese principio". Insiste en que la existencia de la Corte Suprema se fundamenta en la aplicación "uniforme" del derecho en todo el territorio.

La salida

A la hora de establecer cómo se podría resolver la situación, Barbará admite que es complejo, pero que hay que diseñar una centralidad en decisiones claves. "Hay normativas que están al margen de cualquier constitucionalidad -agrega-. Hay decisiones que se basan en el miedo de la ciudadanía a ser contagiada y, a medida que no se obedecen, el andamiaje se resquebraja y la única forma de controlar es la fuerza. El derecho tiene su sentido en tanto y en cuanto tenga previsión de conducta, que no la hay."

Igual que su colega, Hernández indica que si no hay un poder central que organice las cuestiones de fondo -lo que no implica restringir autonomías- la respuesta es la judicialización. Ambos señalan que no debería ser ese el camino, sino un cambio racional.

A esa idea adscribe Emma Matorras, abogada de las hermanas Garay -que, al igual que Pablo Musse, terminaron acudiendo a la Justicia Federal para garantizar su movilidad-. Sostiene que la Argentina es un estado republicano, democrático y federal del que las provincias "forman parte y, si bien tienen autonomía, los derechos reconocidos a los ciudadanos no pueden ser desconocidos. Si no quieren formar parte de ese Estado tendrán que declararse independientes".

En Tucumán, por ejemplo, el secretario ejecutivo del Sistema Provincial de Salud, Luis Medina Ruíz, defendió las limitaciones de circulación: "Los últimos casos registrados son de contacto estrecho por conglomerado. La situación en el país es complicada y Tucumán, como provincia, podría llegar a tener problemas. Cerrar fronteras es una medida muy acertada para que la población tucumana pueda estar en la calle, con casi todas las actividades habilitadas".

En el caso de Musse, el Centro de Operaciones de Emergencia (COE) de Córdoba, lamentó que Solange muriera sin ver a su papá, pero ratificó que aplicó el protocolo existente. En San Luis, el Comité de Emergencia aceptó como "excepcional" que las Garay hicieran una cuarentena más corta, pero no en la casa familiar. Es decir, organismos administrativos son los que resuelven. Los constitucionalistas coinciden en que no hay parámetro común y en que están mezclando el ámbito privado con el público.

 


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*La información y las opiniones aquí publicados no reflejan necesariamente la línea editorial de Mining Press y EnerNews