La Corte Suprema de Justicia (CSJ) de Guatemala determinó que la minera San Rafael, filial de la canadiense Tahoe Resources Inc, podrá continuar con sus operaciones mientras se realiza una consulta obligatoria a la población indígena sobre dos proyectos suspendidos.
Las actividades en los yacimientos Juan Bosco y El Escobal, propiedad de la minera canadiense, permanecen suspendidas desde el 5 de julio por una orden judicial que respaldó a una organización ambiental que argumenta que las comunidades de esa zona no fueron consultadas sobre la operación de los proyectos.
“Se ordena al Ministerio de Energía y Minas realizar la consulta establecida en Convenio 169 de OIT, en un plazo de 12 meses”, dijo la CSJ la noche del viernes en su cuenta de Twitter.
Según el Convenio 169 de la Organización Internacional de Trabajo (OIT) sobre Pueblos Indígenas y Tribales, la población indígena debe ser debidamente informada y consultada antes de iniciar cualquier proceso extractivo dentro de sus territorios, que dejan secuelas medioambientales.
Las partes involucradas en el caso Minera San Rafael aún no habían sido notificadas oficialmente de la resolución. La mina El Escobal es la tercera productora de plata del mundo.
La decisión de la CSJ de Guatemala puede ser apelada por cualquiera de las partes ante la Corte de Constitucionalidad, el máximo tribunal en materia constitucional del país. Este proceso puede llevar de tres a cinco meses y sería la última instancia a la cual pueden recurrir las partes.
Las acciones de Tahoe Resources (TSO: THO) (NYSE: TAHO) subieron el lunes luego que un tribunal guatemalteco restableció la licencia de la compañía para operar su gigantesca mina de plata Escobal .
Las acciones de la minera canadiense ganaron hasta un 49% al comienzo del comercio antes de cerrar un 33% para una capitalización de mercado de 1.500 millones de dólares en la Bolsa de Nueva York. Escobal es la tercera mayor mina de plata primaria del mundo con una producción de 21,2 millones de onzas de plata en concentrado en 2016.
Tahoe, con sede en Vancouver, dijo que la decisión de la Corte Suprema de Guatemala revoca una sentencia anterior que fue en contra de su subsidiaria Minera San Rafael (MEM), en una acción presentada por el grupo minero antimariles CALAS contra el Ministerio de Energía y Minas.
La organización alegó que Tahoe violó el derecho de consulta de los indígenas locales antes de conceder la licencia minera de Escobal. En un comunicado, Tahoe dijo que, como parte de su decisión, el tribunal ordenó al MEM que consultara con las comunidades indígenas Xinca bajo el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo dentro de una determinada área geográfica y "informara los resultados de la consulta a satisfacción del tribunal dentro de 12 meses ":