SECCO ENCABEZADOGrupo AGVgolden arrow
PIPE GROUP ENCABEZADCONOSUR ENCABEZADOPWC LOGO MINING PRESS
Induser ENCABEZADOWICHI TOLEDO ENCABEZADOWEG
VELADERO ENCABEZADO
OMBU CONFECATJOSEMARIA ENCABEZADOSAXUM ENGINEERED SOLUTIONS ENCABEZADO
ARCADIUM LITHIUMFERMA ENCABEZADOERAMET CABECERA
SACDE ENCABEZADOglencore PACHONNEWMONT COVID
LITHIUM SOUTHCRISTIAN COACH ENCABEZADOGSB ROTATIVO MINING
PDAC ENCABEZADORIO TINTO RINCONHIDROAR ENCABEZADO
ABRASILVER ENCABEZADORUCAPANELEPIROC ENCABEZADO
CAPMINKNIGHT PIÉSOLD ENCABEZADOCERRO VANGUARDIA
JOFREMETSO CABECERAEXAR ENCABEZADO
GENNEIA MININGMANSFIELD MINERA HMilicic ENCABEZADO
BERTOTTO ENCABEZADOEMERGENCIAS ENCABEZDOMAPAL ENCABEZADODELTA MINING
INFA ENCABEZADOMINERA SANTA CRUZPAN AMERICAN SILVER
ORO Y PLATA ENCABEZADOCINTER ENCABEZADOSERVICIOS VIALES SANTA FE ENCABEZADO MINING
POLÍTICA
Código de Aguas: Convención Constitucional aprueba reforma
DIARIOS/MINING PRESS/ENERNEWS

Anular los derechos de agua otorgados al sector privado de Chile durante las últimas cuatro décadas 

03/02/2022
Documentos especiales Mining Press y Enernews
CODIGO DE AGUAS: EL DOCUMENTO QUE INGRESÓ AL SENADO

Más de una década estuvo en trámite la Reforma del Código de Aguas en el Congreso y tras serdespachada a ley por el parlamento a principios de enero, la Convención Constitucional aprobó la norma  que establece la caducidad de "los derechos de aprovechamiento de agua" entregados bajo la vigencia del Código de Aguas de 1981.

 

El plan requeriría que las minas, agronegocios y servicios públicos busquen permisos temporales para usar agua en un nuevo modelo que prioriza el consumo humano, la sostenibilidad de las reservas de agua y los derechos indígenas. Otros titulares no industriales de derechos de agua recibirían compensación dentro de dos años.

La votación del jueves es solo un primer paso, ya que la norma requiere la aprobación posterior del comité, así como una mayoría de dos tercios de la asamblea en pleno antes de convertirse en parte de un proyecto de estatuto que irá a referéndum en la segunda mitad del año. .

La propuesta marcaría otro paso importante hacia la consagración del agua como un derecho humano, ya que el agotamiento de los suministros aumenta el escrutinio de uno de los sistemas de asignación más privatizados del mundo. 

Al proteger los derechos de las empresas agrícolas, energéticas y mineras, el sistema actual ayudó a Chile a convertirse en un importante exportador de bienes, desde cobre hasta aguacate y vino. Pero más de una década de sequía y supervisión poco estricta ha dejado secas a algunas comunidades, elevando el agua a un tema clave de justicia social.

El agua es parte de un impulso más amplio en Chile para revisar un modelo que utilizó servicios sociales privatizados para ayudar a crear una de las economías más vibrantes de la región, pero que dejó atrás a muchas personas. Esas preocupaciones sustentaron una erupción de protestas callejeras en 2019 que dieron origen a la Asamblea Constituyente.

En la última década, la zona central de Chile ha sufrido una disminución del 30% de las precipitaciones respecto de su nivel normal y hoy 9 regiones y 296 comunas están con emergencia agrícola por déficit hídrico

Según informó La Tercera,el primer artículo de la norma en cuestión establece que “el agua en todas sus formas es un bien natural común esencial para el desarrollo de la vida y para la preservación de ecosistemas, indisolublemente vinculado al territorio donde se encuentran y la supervivencia cultural de los pueblos que ahí habitan”.

Adicionalmente, se plantea que el agua “no puede ser objeto de apropiación privada ni de acción alguna que importe una alteración significativa de su ciclo hidrológico o que ponga en riesgo la supervivencia de los ecosistemas y de las comunidades que de ella dependen”.

En los artículos que vienen se define el rol del Estado en la materia. Primero se establece que es el que “garantiza la conservación, recuperación y manejo integral de las aguas, cuencas hidrográficas y caudales ecológicos asociados al ciclo hidrológico”. Además de lo cual, “garantizará la preservación y sustentabilidad de las cuencas hidrográficas para uso, goce y beneficio de las actuales y de las futuras generaciones de habitantes del país”.

El segundo lugar, “sobre las aguas que el Estado administra”, se señala que “toda actividad susceptible de afectar la calidad y disponibilidad del agua, y el equilibrio de los ecosistemas, requiere especial autorización por parte de la autoridad a cargo de la gestión del agua. Esta autoridad es responsable de su planificación, regulación y control, y debiendo garantizar el manejo del agua con un enfoque ecosistémico”.

 

De esta manera, “se podrán entregar licencias para uso y aprovechamiento racional del agua, siempre que estén asociadas a usos específicos, temporales y que exista siempre un caudal mínimo para mantener los ecosistemas, así como los medios de subsistencia y bienestar de las personas”.

CRÍTICAS DE CÁMARAS

En un comunicado, el presidente de la Sociedad Nacional de Agricultura (SNA), Cristián Allendes, calificó este hecho como "una pésima noticia que impactaría gravemente a más de 100.000 agricultores y regantes de los cuales, según clasificación del Servicio de Impuestos Internos, más del 90% son pymes”.

 

Asimismo, Allendes sostuvo que, a su juicio, "cuesta entender en qué Chile están pensando los constituyentes". Pues se basan en ideas "de unos pocos radicales las que solo se estancarían el futuro del país".

Jorge Valenzuela, presidente de la Federación Gremial Nacional de Productores de Fruta (Fedefruta) , comentó a través de un comunicado que el artículo transitorio que no solo caduca los derechos de agua, sino también pide la restitución en un plazo de 2 años y sin una indemnización asegurada "es algo que nos tiene en alerta a todos los sectores productivos del país ".

PRINCIPALES RIESGOS

Según informó La Tercera, a juicio de Paula Elías Auad, socia de Elías Abogados y experta en temas de recursos hídricos, existe una confusión entre la propiedad y el derecho de aprovechamiento. Y explica que "el agua es un bien nacional de uso público, por lo tanto su uso pertenece a todos los habitantes de la nación", y es sobre este que "se otorga un derecho (de aprovechamiento) que queda amparado por el derecho de propiedad".

Y añade que, bajo su juicio, "los constituyentes no han tenido a la vista el texto de Reforma al Código de Aguas recientemente aprobado, debido a que mucho de lo que plantean, se encuentra contenido en él", tales como normas de extinción, caducidad, prioridad en los usos, concesiones temporales entre otros.

Asimismo, la abogada sostiene que de aprobarse esta norma, "las consecuencias pueden ser nefastas".

"No se puede desconocer que la situación país no es la misma que hace 30 años atrás en lo que se refiere a sequía y escasez hídrica y que cada año la situación se torna mas crítica. Pero por ello se trabajó de manera transversal en una Reforma que tanto costó sacar adelante, pero que en definitiva dio tranquilidad a todos los sectores", señala Elías Auad.


Vuelva a HOME


*La información y las opiniones aquí publicados no reflejan necesariamente la línea editorial de Mining Press y EnerNews