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ACTUALIDAD
Empresas del Perú reclaman beneficios tributarios por la crisis
MINING PRESS/ENERNEWS/El Comercio
25/03/2020

FRANCO BALZA TASSARA CANEPA

La Sunat dispuso la prórroga de los plazos para que las empresas que obtuvieron ingresos netos de hasta S/21 millones puedan presentar la declaración jurada y pago del Impuesto a la Renta ¿Qué opinan los especialistas respecto a ampliar estos beneficios a las grandes empresas del país?

En el marco de la emergencia sanitaria, la presidenta de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas (Confiep), María Isabel León, señaló que desde el gremio esperan que el Gobierno incluya dentro de un paquete de estímulos empresariales algunos beneficios que apliquen a todas las empresas sin importar su tamaño. Esta medida, según León, estaría en evaluación.

“El impacto económico va a afectar a todas las empresas. [Por lo tanto] las medidas tienen que ser pensadas para incorporar a absolutamente a todas dentro de un esquema de rescate y apoyo hacia el sector empresarial”, indicó León a El Comercio.

IMPUESTO A LA RENTA

Pese a que los gremios esperaban que el Ejecutivo extienda los beneficios para todas las compañías, la Sunat dispuso el martes 24 de marzo que las empresas y personas que obtuvieron ingresos netos de hasta 5.000 unidades impositivas tributarias (UIT), equivalente a S/21 millones, también puedan aplazar por tres meses la Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2019, así como realizar el pago del tributo.

Cabe recordar que una semana antes la administración tributaria había establecido que la prórroga solo aplicaba para las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes), cuyos ingresos netos no superan las 2.300 UIT, que equivalen a S/9’660.000. Las grandes empresas o principales contribuyentes, sin embargo, quedaron excluidos de todos esos beneficios tributarios.

“Si bien esta nueva disposición amplía el margen de contribuyentes que podrán diferir por unos meses la declaración y pago de su impuesto a la renta, consideramos que la medida es insuficiente pues la prorroga debió aplicarse para todos los contribuyentes sin excepción”, señaló Renzo Grández, asociado del estudio Payet, Rey, Cauvi, Pérez.

“Creemos que se debe diferir el pago del IR para todas las empresas por igual. Esto va a permitir que haya una mayor liquidez y una mayor oportunidad de que se disponga de dinero para pagar sobre todo las planillas, que es lo que nos tiene a todos preocupados”, indicó León.

"Creemos que se debe diferir el pago del IR para todas las empresas por igual. Esto va a permitir que haya una mayor liquidez y una mayor oportunidad de que se disponga de dinero para pagar sobre todo las planillas, que es lo que nos tiene a todos preocupados”, indicó María Isabel León, presidenta de la Confiep. (Foto: GEC)

"Creemos que se debe diferir el pago del IR para todas las empresas por igual. Esto va a permitir que haya una mayor liquidez y una mayor oportunidad de que se disponga de dinero para pagar sobre todo las planillas, que es lo que nos tiene a todos preocupados”, indicó María Isabel León, presidenta de la Confiep. (Foto: GEC)

A su turno, Ricardo Márquez, presidente de la Sociedad Nacional de Industrias, se mostró a favor de que se prorroguen los plazos para la DJ y el pago de IR.

“No es una decisión fácil [incluir a los principales contribuyentes], ya que representan el 80% [de la recaudación del IR anual]. Pero es necesario dar la prórroga. Lo peor sería que se empiece a despedir trabajadores”, afirmó Márquez.

En ese sentido, Kelly Pérez, socia del Área Tributaria y Aduanera de Rubio Leguía Normand, mencionó que es importante ampliar los plazos para la declaración y pago de IR, ya que para cumplir con esta obligación las grandes empresas necesitan revisar documentos con contadores y abogados, lo cual en algunas ocasiones se necesita realizar de manera presencial.

“Se podría evaluar un fraccionamiento del pago [de impuestos] y sin intereses. Si es con intereses, la Sunat no debería aplicar la tasa de interés moratorio mensual, que actualmente es de 1,2%. Esta es bastante más elevada que las tasas bancarias, incluso”, indicó Pérez.

DISCRECIONALIDAD

Días atrás, el Estado dispuso que la Sunat aplique la facultad discrecional de no sancionar las infracciones tributarias en que incurran los deudores durante el estado de emergencia nacional. Esta medida aplica a todos los contribuyentes.

“El Estado decidió no prorrogar el cronograma de vencimiento de la declaración jurada anual del Impuesto a la Renta de los grandes contribuyentes. Aunque de manera insuficiente, una forma de mitigar el impacto de la coyuntura para dicho sector es no sancionar a aquellos contribuyentes que tenían la obligación de declarar su Impuesto a la Renta durante la cuarentena”, señaló Grández.

 

No obstante, el abogado advirtió que si bien existe la posibilidad de que la Sunat decida no aplicar una sanción a la gran empresa que no pagó dentro de los plazos establecidos, estas firmas deberán pagar intereses moratorios, incrementando el monto de sus deudas.


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*La información y las opiniones aquí publicados no reflejan necesariamente la línea editorial de Mining Press y EnerNews