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ANÁLISIS
Desaladoras Chile necesitan regulación, según expertos
LA TERCERA/MINING PRESS/ENERNEWS
18/04/2022

DANIELA RIVERA, GUILLERMO DONOSO, MARÍA MOLINOS Y ÓSCAR MELO *

El agua de mar constituye una fuente complementaria para incrementar la oferta hídrica, especialmente relevante durante períodos de sequía. Puede utilizarse en distintas actividades, de manera natural o previa desalinización, según las finalidades en que se emplee.

El auge de la desalinización se debe a distintos factores. Por una parte, está el considerable aumento de la población en lugares con estrés hídrico. Además, la sequía está afectando con mayor recurrencia a territorios que parecían tener suministros hídricos abundantes y confiables. Por otro lado, la producción del agua desalinizada se ha vuelto más competitiva a medida que avanza la tecnología y aumenta el costo de otras fuentes. No obstante, su adopción ha estado centrada en países de ingresos elevados y en otros con fuentes de agua convencionales muy limitadas. Por ello, un desafío importante, especialmente para que la desalinización pueda ser una opción viable para alcanzar el Objetivo 6 de la Agenda de Desarrollo Sostenible (agua limpia y saneamiento universal), es la reducción de sus costos, sin descuidar, por cierto, la apropiada gestión de variables e impactos ambientales y sociales.

De igual modo, la investigación sobre desalinización ha crecido exponencialmente, con ejes bien definidos, como la integración de energías renovables, la mejora de la eficiencia energética y la reducción de las corrientes de rechazo. Sin embargo, los elementos socio-políticos y regulatorios han sido menos tratados.

Ahora bien, este apogeo no significa que en todos los lugares con acceso al mar se cuente, automáticamente, con agua disponible. Las circunstancias propias de cada territorio juegan un papel muy relevante, siendo fundamental contar con un marco jurídico-institucional-financiero que haga viable y sostenible el desarrollo de la desalinización.

En Chile, pese a la proliferación de plantas desalinizadoras, estamos lejos de contar con este marco. Desde la óptica jurídica, las escasas reglas existentes están dispersas en múltiples cuerpos normativos; por ejemplo, en el Código Civil, en la Ley y reglamento de concesiones marítimas y en la normativa ambiental, cada uno de los cuales responde a lógicas sectoriales, sin mirar a la desalinización como un todo conformado por diferentes componentes, careciendo de un estatuto ordenado, unificado y completo, lo que dificulta y añade una importante cuota de incertidumbre e indefinición a su implementación.

Hay proyectos de ley en discusión en esta materia. En el último tiempo la atención ha estado centrada en aquel tramitado en el Boletín 11.608-09, ingresado durante el año 2018. Esta iniciativa se focaliza en reafirmar el carácter de bien nacional de uso público de todas las aguas, incluidas las del mar adyacente al territorio nacional, respecto a las cuales se explicita la posibilidad de solicitar concesiones marítimas. Tal concesión habilitará al concesionario para extraer, desalinizar, distribuir y utilizar el agua obtenida por un plazo y volumen determinados. Así, se asevera que el agua desalinizada mantendría la naturaleza pública que tiene en su espacio natural (mar territorial), lo que, de ser aprobado, tendrá evidentes efectos, entre otros, en el financiamiento de este tipo de industrias. Se alude también a una Estrategia Nacional de Desalinización, que deberá elaborarse conforme a ciertos parámetros, y se precisa que la instalación de desalinizadoras siempre deberá someterse a evaluación ambiental. Este proyecto aborda solo algunos aspectos de la desalinización, dejando fuera otros que, en la práctica, han desencadenado problemas no menores (por ejemplo, las servidumbres, permisos y autorizaciones requeridos para el traslado del agua desalinizada al lugar en que se utilizará).

El crecimiento de la desalinización tiene efectivamente el potencial para mejorar la seguridad hídrica, pero ello será en vano si el agua obtenida solo se asigna a satisfacer nuevas demandas en lugar de reforzar o complementar el suministro existente, si los beneficiarios del agua desalinizada pagan menos que el costo de su producción y distribución, o si se permite que se mantengan las prácticas hídricas insostenibles. Por lo tanto, no estamos ante una panacea o bala de plata; sí frente a una oportunidad real, que debe ser adecuadamente regulada y planificada, lo que debiera constituir una prioridad en un escenario de sequía como el que se experimenta hoy en Chile. En dicho cometido debieran tenerse en cuenta, a lo menos, las siguientes orientaciones:

-Propiciar un ordenamiento sistémico e integrado del uso de agua de mar en general, y particularmente de la desalinización, resguardando su viabilidad jurídica, institucional, ambiental, económica y social.

-Considerar la situación de cada cuenca hidrográfica, pues la desalinización probablemente no será factible en todas ellas, por lo que su evaluación debe formar parte de un proceso de planificación hidrológica más amplio (conectado, además, con la planificación territorial), que incluya todas las fuentes hídricas disponibles y las demandas existentes.

-Sin perjuicio que la desalinización ha surgido, principalmente, como una respuesta a la sequía, en su ordenación debiera incorporarse también una visión más amplia y adaptativa, alejada del fantasma de la emergencia y de un exclusivo perfil de mitigación.

* Expertos del Centro de Derecho y Gestión de Aguas UC, Consorcio Tecnológico del Agua CoTH2O, Gestión Integrada de Recursos Hídricos, CORFO


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*La información y las opiniones aquí publicados no reflejan necesariamente la línea editorial de Mining Press y EnerNews