En los primeros días de julio ingresó a la Legislatura de Chubut el proyecto de “Marco Regulatorio de las actividades minera e hidrocarburífera en la Provincia de Chubut”. Por el mismo “se van a plasmar las condiciones bajo las cuales se van a poder desarrollar estos proyectos, ya sea de minería e hidrocarburos, que tendrán un fuerte control y participación del Estado en cada uno, sin descuidar la licencia social que tienen que dar las comunidades” explicó por El Espiral, en LU 12 Radio Río Gallegos, el diputado Gustavo Reyes (FPV) de Chubut.
Según indicó, este marco regulatorio surge de lo aprendido, luego de cien años que tenemos en Comodoro Rivadavia de explotación de petróleo y gas, ya que no se quiere repetir los mismos errores”.
Ejemplificó que “hoy con el hidrocarburo lo que se hace es remediar, o sea llegar el día después, con este marco lo que se busca es prevenir anticipadamente. Estamos creando un marco general que pone como principal condición que el Estado se desempeñe como socio de los nuevos proyectos, con una participación no menor al 4% del valor de las ventas totales y al 7% de la utilidad operativa, antes de impuestos”.
En el artículo 1 de la ley a sancionar se plantea que “los yacimientos mineros y de hidrocarburos líquidos, gaseosos y sólidos situados en el territorio provincial pertenecen al dominio originario, exclusivo, inalienable e imprescriptible del Estado Provincial.
El Estado Provincial promueve la explotación y aprovechamiento de los recursos minerales e hidrocarburíferos existentes en su territorio, ejerciendo su fiscalización y participando en la renta minera e hidrocarburífera, en su carácter de propietaria de los recursos naturales no renovables”.
La norma se divide en dos capítulos, uno respecto de la situación de hidrocarburos y el otro de la minería.
Fondo SoberanoSe crea así, en primer lugar un “Fondo del Dominio de Recursos Hidrocarburíferos y Mineros del Chubut” que el Gobierno denominó de manera más simple como “Fondo Soberano”.
El mismo será utilizado “como herramienta de desarrollo para mitigar las desigualdades sociales, de ahorro para garantizar los beneficios mediante la transferencia de recursos intergeneracionales y de factor estabilizador para neutralizar la volatilidad en el mercado de los hidrocarburos y minerales”.
El Fondo es de ahorro, en cuanto sólo se podrá disponer de hasta el 50% de los rendimientos anuales y el resto se deberá recapitalizar.
Destinado a ese fondo irán parte de las nuevas regalías mineras que plantea el marco regulatorio cobrar. De esta manera las regalías hidrocarburíferas pasarán del 12 al 16% y las mineras del 3 al 8%, mediante la implementación de un Derecho de Compensación que para los hidrocarburos es del 4% y las mineras un 5%. Estos puntos porcentuales, que están por encima de las normativas nacionales, se toman sobre el precio de venta total bruto del mineral y no sobre el valor boca de mina como se hace con el 3% de regalías original.
Explicó el diputado Reyes que “en el caso del petróleo y gas, estos 4 puntos agregados, 1 va directo al Municipio donde se desarrolla la actividad, otro punto va al Fondo Soberano y dos puntos serán asignados como se hace con las regalías.
Con respecto a las regalías mineras, los ocho puntos se distribuyen: un punto al municipio o comuna rural, 3 puntos al Fondo Soberano y 4 puntos al Estado provincial.
Por otra parte las empresas van a tener que aportar el equivalente al 4 por mil de su facturación mensual, que puede llegar a ser modificado por encima” señaló.
Integración
De acuerdo a lo estipulado en el artículo 7 del marco regulatorio, el Fondo Soberano se integrará: a) El 25% de lo abonado en concepto de regalías hidrocarburíferas extraordinarias (bono compensación);
b) El 60% de lo abonado en concepto de Derecho de Compensación Minera;
c) el 100% de lo abonado en concepto de aportes especiales de los prestadores de servicios hidrocarburíferos y mineros;
d) El 50% de los beneficios obtenidos por Petrominera Chubut Sociedad del Estado por su participación en emprendimientos mineros, de conformidad con lo establecido en el Capítulo IV de este título;
e) Las sumas destinadas al “Fondo Especial de Fomento Minero” previstas en las Leyes XVII – Nº 24 y XVII – Nº 35;
f) Los recursos que se le asignen provenientes de organismos privados, públicos, municipales, provinciales, nacionales e internacionales, por transferencias presupuestarias, donaciones, legados o cualquier otro título.
Reyes dijo que la creación de este Fondo Soberano “es una novedad en la provincia y en la Nación, pero no es nuevo en el mundo. Está copiado de un sistema que se está implementando en la parte norte de América, se crea este fondo soberano que estará alimentado del 50% de las utilidades de todo. El 50% de estas utilidades será distribuido entre todos los habitantes de Chubut mayores de 18 años y con más de 10 de residencia en la provincia”.
Y detalló “una vez que los proyectos sean aprobados, para lo cual debe pasar por la aprobación de distintas comisiones que son creadas al respecto, como medioambiente, el final lo dará la Legislatura aprobando o rechazando los proyectos mineros, y luego se da un plazo de tres años para que, a partir de allí, y cada dos años, cada habitante de Chubut reciba en su casa un cheque”.
Reiterando que esto se copió del norte americano, “el año pasado cada ciudadano de una de estas ciudades recibió un cheque de unos mil dólares a fin de año. No es mucho pero ayuda y viene de las ganancias de la actividad”.
Somos los dueños
Con respecto a la estabilidad fiscal treintenal planteada en la ley nacional de promoción minera, Gustavo Reyes fue taxativo: “en Chubut las reglas de juego las ponemos nosotros, y en Santa Cruz creo que pensarán lo mismo. Estamos convencidos de nuestra autonomía y que cada proyecto minero que quiera ingresar a la provincia, van a tener que jugar con las reglas de juego que se establecen en este marco minero. Todo aquel que quiera aceptarlas, será bienvenido”.
En el capítulo del compromiso social empresario que deben cumplir las empresas, en el artículo 19 se establece que deben presentar un plan de acción socioeconómico que debe especificar, entre otras cosas:
a) Cantidad de empleo chubutense en cada jurisdicción y participación en el total para cada una de las etapas del proyecto. En ninguno de los casos esa participación deberá ser inferior al 80%;
b) Programas de capacitación a la mano de obra chubutense;
c) Matriz de proveedores chubutenses y participación estimada de los mismos en las ventas totales del proyecto;
d) Las medidas a adoptar para favorecer la sustitución de importaciones y dar preferencia a la contratación de bienes y servicios de proveedores chubutenses.
Reconoció Gustavo Reyes que “las empresas ya están haciendo lobby, afirmando que es mucho lo que pide la provincia, es real que el piso es muy alto, pero si no están de acuerdo son libres de ir a otro lado, si quieren explotar nuestros recursos, en esta provincia, será con estas reglas de juego”, enfatizó.
Esta ley recién tomó estado parlamentario hace quince días, está siendo analizada en comisiones, “será analizado, estudiado, debatido presentado a la sociedad, escuchando todas las voces, en función de lo que nos pidió la presidenta a todos los legisladores de las provincias, de que se dé el debate serio y de cara a la gente del tema minero, y nosotros vamos a trabajar de esa manera, y el gobernador nos pidió que nos tomemos el tiempo necesario para sancionarlo y así lo haremos”, concluyó.
En Santa Cruz ya está siendo mirada la norma chubutense, la diputada Selsa Hernández señaló que “si Chubut sanciona esta ley, será seguido por muchas provincias porque realmente es de avanzada”.