(N de la R) La nota editorial del diario de Catamarca llama la atencion sobre la defensa cerrada del secreto profesional de las fuentes, a proposito de sus embestidas contra FMC. Hay otra corriente de pensamiento, dentro del periodismo, que incluye entre los preceptos angulares el respeto al derecho del lector a contar con elementos fiables a la hora de ser informado. La prensa no puede tener, en nungun caso, privilegios por sobre el resto del tejido social. Por eso uno de sus deberes basicos es documentar y dar certezas sobre lo que escribe y denuncia.
Editorial: Derechos protegidos
El Esquiú
Una información veraz o probable que difunde un medio de comunicación, ayuda a sus lectores y/o audiencia a comprender mejor la realidad, favoreciendo el debate y la toma de decisiones en el marco de la democracia. Si no es cierta, también da lugar a la crítica porque el público de los medios, ahora más que nunca, tiene cómo comparar y discernir los contenidos que se difunden.
Ante esta realidad, que un ejecutivo de una empresa concesionaria de una explotación minera envíe una carta documento a un medio periodístico por publicaciones que informan sobre el irregular funcionamiento de esa firma, obliga a desentrañar qué objetivos pueden motivar esa intimación.
Entre los posibles propósitos podrían estar el intento de amedrentamiento para acallar al medio en sus investigaciones o una tentativa de obtener datos acerca de las fuentes de información que tuvo el medio en su pesquisa.
El primero de los potenciales propósitos, en el caso de El Esquiú.com jamás tendrá cabida.
En cuanto al segundo, citaremos a José María Caminos Marcet, catedrático de Periodismo de la Universidad del País Vasco: “el periodista profesional, aún siendo fundamental su tarea, no es nada sin una buena agenda, sin buenas fuentes de información”.
La reforma constitucional de 1994 incorporó el derecho a proteger las fuentes de información como un derecho subjetivo de naturaleza pública que integra la libertad institucional de prensa. Antonio Hernández, el constituyente cordobés que propuso este agregado, sostuvo que el secreto de las fuentes de información “…consiste en el derecho del periodista a negarse a revelar la identidad del autor de la información al empleador, a los terceros y a las autoridades públicas o judiciales. Pero también es el deber que tiene el periodista de no revelar públicamente las fuentes de la información recibida en forma confidencial”.
Sepan nuestras fuentes de información y los lectores que resguardaremos sus derechos y cualquier intento en contrario no prosperará con nuestro diario.