Cooperativa de Electricidad y Servicios Anexos de Olavarría
Telefonos:
- (02284) 411666/999
Dirección/es:
- Belgrano 2850 - (7400) Olavarría
Rubros:
- Operadoras de Electricidad
- Proveedores de Electricidad


1928 constituye un período de transición en el servicio eléctrico olavarriense que se encontraba a cargo de la Sociedad Anónima Luz Eléctrica de Olavarría (SALEO), inicialmente conformada por capitales locales.

Durante esos años comenzaron a expandirse en Argentina y también en la sociedad local, los movimientos cooperativistas. Uno de ellos interesado en la constitución de una cooperativa eléctrica, cuyo fin era revertir la mala prestación que en aquel momento atravesaba el servicio.
El 30 de septiembre de 1928 se formó el directorio organizador de la

Cooperativa Municipal de Electricidad, el cual solicitó a las autoridades municipales la contribución de dinero, ya que el Municipio era el primer y principal consumidor.

En esos días la Sociedad Anónima de Luz Eléctrica de Olavarría (SALEO), acuerda la venta a la Compañía Sudamericana de Servicios Públicos (SUDAM), un consorcio norteamericano que estaba operando el servicio en varias localidades. La SUDAM que estaba al tanto de la iniciativa local, comenzó a difundir una propuesta, por medio de la cual señalaba las ventajas que sólo podían ofrecer las grandes entidades, tales como la implementación de equipos de generación y costos de energía más reducidos. Argumentaba que para una institución que recién se iniciaba y contaba con escasos recursos, eso era algo imposible de obtener.

Luego de analizar y consensuar el caso en la Municipalidad, el 29 de octubre se sancion ó la Ordenanza Municipal que decía:

"Artículo 1: La Municipalidad de Olavarría apoya decididamente la formación de la Cooperativa de Luz Eléctrica de Olavarría". "Artículo 2°: Las acciones no serán de un valor mayor de cincuenta pesos y podrán cubrirse en cuotas mensuales de dos pesos".

"Artículo 3°: Declarase adherida la Municipalidad como cooperadora, de la Sociedad mencionada, con un número de acciones que se fijará una vez que se haya suscripto el capital inicial por parte del vecindario".

"Artículo 4°: Una vez constituida la Sociedad, la Municipalidad adjudicará a la misma el servicio de alumbrado público con exclusividad de toda la otra institución similar" (...)


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