El senador del Frente para la Victoria (FpV) Daniel Filmus celebró la decisión de la Corte Suprema de Justicia de revocar las medidas cautelares que impedían la plena vigencia de la Ley de Glaciares, ya que consideró que “es vital que la Argentina proteja las reservas de agua de todo tipo de contaminación”.
Filmus expresó en un comunicado: “Es una decisión fundamental para que empiece la primer etapa en San Juan, la de implementación del inventario que define las zonas que hay que cuidar para preservar el agua de los glaciares. El Gobierno nacional, a través de la Secretaría de Ambiente, ya está trabajando en la confección del inventario en las demás provincias”.
El legislador porteño detalló que “la Ley de Glaciares, promulgada en marzo de 2011, se ajusta estrictamente a la Constitución de 1994 que establece el derecho de los argentinos a vivir en un medio ambiente digno y sustentable y le otorga, al Congreso, la potestad de fijar presupuestos mínimos”, y agregó: “Esto es así porque los recursos naturales pertenecen a las provincias, pero las fronteras de las provincias no frenan un daño ambiental. Por ejemplo, si se daña el agua en Mendoza, es probable que se perjudique a las provincias de la misma cuenca”.
Con beneficio de inventario
Página/12 - Por Eduardo Videla
El fallo era la resolución que esperaban las organizaciones ambientalistas y los vecinos que cuestionan la actividad minera. “Celebramos la decisión de la Corte Suprema de Justicia de revocar las medidas cautelares que había dictado la Justicia Federal de San Juan”, de manera que “la Ley de Protección de los Glaciares queda plenamente vigente”, destacaron en forma conjunta la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), Greenpeace Argentina, la Asociación de Abogados ambientalistas y Diálogo por el Ambiente. La empresa Barrick Gold, por un lado, y el gobierno de San Juan, por otro, autores ambos de la demanda que paralizó la aplicación de la ley en la provincia, aseguraron que el fallo no afectará los dos principales proyectos mineros de la provincia (ver aparte), ya que “no están emplazados sobre glaciares”. La aclaración no explica por qué, entonces, hicieron la presentación judicial que frenó la vigencia de la ley en la provincia.
“La presentación de la empresa y de la provincia era una autoincriminación”, replica Eugenia Testa, directora política de Greenpeace Argentina. Los pedidos de medidas cautelares habían sido solicitados a la Justicia Federal de San Juan por las empresas Barrick Exploraciones Argentina SA y Exploraciones Mineras Argentinas SA, a las que se sumó la Asociación Obrera Minera Argentina y el gobierno de la provincia de San Juan. Pedían la suspensión de seis artículos de la ley. Uno de ellos porque, según decían, definía en forma ambigua lo que es un glaciar y una zona periglaciar. Por otro lado, la provincia cuestionó la ley por inconstitucional ya que, según la Constitución de 1994, son las provincias las que deben regular la explotación de su suelo.
Los glaciares son la principal reserva de agua dulce del planeta. La ley que los protege no habla sólo de minería, sino de actividades humanas potencialmente contaminantes, como pueden serlo también la explotación de hidrocarburos o de un complejo turístico. Pero la actividad minera es la mayor amenaza potencial para esas reservas, ya que la utilización de sustancias químicas puede contaminar las aguas que serán utilizadas para consumo humano, animal y para riego. De ahí la necesidad de su protección y la resistencia de las empresas y los gobiernos de provincias mineras a la ley que establece esa tutela. En San Juan, la Barrick Gold impulsa dos grandes proyectos. Veladero, que explota oro y plata desde 2005, y el emprendimiento binacional Pascua Lama, en proceso de construcción, que estaría en condiciones de extraer oro, plata y cobre en la segunda mitad de 2013, según la empresa.
“Si se suspende la ley, no se puede hacer el inventario de glaciares, que marca la propia ley, y por lo tanto no se pueden definir cuáles son las zonas glaciares y periglaciares”, dijo a Página/12 el senador Daniel Filmus, autor del proyecto sancionado en 2010. Por eso, la Corte entendió que la medida cautelar del juez federal de San Juan era contradictoria.
Respecto del pedido de inconstitucionalidad, la Corte aún no se pronunció. “El tribunal se expide sobre la medida cautelar, que es la que se adopta cuando hay un peligro inminente. La inconstitucionalidad forma parte de la resolución de fondo, y sobre eso no hay urgencia”, aclaró a este diario el abogado Andrés Nápoli, de la FARN.
Sobre ese tema, sin embargo, Filmus opinó que la Constitución “establece el derecho de un ambiente sustentable para todos y ese derecho debe ser garantizado por la Nación, a través de leyes de presupuestos mínimos, como la de Protección de Bosques, de Incendios de Campos o la de Glaciares, porque se trata de actividades que no afectan a una sola provincia, sino a varias: si se contamina un glaciar, se van a contaminar los ríos de toda la cuenca”, puso como ejemplo el senador.
Una de las primeras acciones que establece la ley es el inventario de glaciares. Esa tarea está a cargo del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (Ianigla), dependiente del Conicet, que ya recibió el presupuesto para llevar a cabo esa tarea. “En un año, el inventario debería estar terminado”, estimó Filmus.
Sin embargo, para Eugenia Testa, de Greenpeace, “el punto clave es la falta de reglamentación de las áreas prioritarias para hacer el inventario: en primer lugar deberían ser evaluadas las zonas donde hay proyectos mineros”, afirmó. Eso lo debe determinar la Secretaría de Ambiente de la Nación, autoridad de aplicación de la ley, ya que el Ianigla no tiene capacidad de decisión política para resolverlo”.
Según explicó Nápoli, la ley establece que “no puede haber proyectos mineros que impliquen liberación de productos contaminantes en áreas críticas, como las zonas glaciares y periglaciares”. Es decir que si los proyectos de Veladero o Pascua Lama están emplazados sobre glaciares, deberían cerrar y trasladarse a otros lugares. Y si el proceso de producción tiene algún impacto, deberían someterse a procesos de auditoría ambiental.
“La confección de un Inventario Nacional de Glaciares resulta clave para avanzar en el conocimiento de la presencia de glaciares y ambiente periglaciar en nuestro territorio”, declara el documento suscripto por cuatro organizaciones ambientalistas.
La Corte Suprema tiene pendientes otras causas sobre la minería en San Juan. Una presentación de ciudadanos de esa provincia, respaldada por organizaciones ambientalistas, reclama la suspensión de los proyectos mineros hasta tanto se determine, mediante la implementación del inventario, si están emplazados sobre glaciares o zonas periglaciares.
El fuerte apoyo de gobiernos provinciales a la explotación minera –además de San Juan, La Rioja y Catamarca– y el veto del Poder Ejecutivo Nacional a la primera ley de Glaciares, en 2008, hizo pensar a las organizaciones ambientalista y a dirigentes opositores en la resistencia del oficialismo a la aplicación de esa norma. “Pero en 2011 la Presidenta promulgó esta ley, que fue votada por legisladores del Frente de la Victoria, salvo los de las provincias mineras”, replicó Filmus.
Satisfacción de Greenpeace
La Capital
Las organizaciones ambientalistas Fundación Ambiente y Recursos Naturales (Farn), Greenpeace Argentina, Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas y Diálogo por el Ambiente celebraron la decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de revocar las medidas cautelares dictadas por la Justicia Federal de San Juan y que la ley de Protección de los Glaciares quede plenamente vigente.
Las organizaciones ambientalistas Fundación Ambiente y Recursos Naturales (Farn), Greenpeace Argentina, Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas y Diálogo por el Ambiente celebraron la decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de revocar las medidas cautelares dictadas por la Justicia Federal de San Juan y que la ley de Protección de los Glaciares quede plenamente vigente.
Las organizaciones ambientalistas presentaron dos demandas ante la Corte Suprema, en las que se solicita que se ordene el inmediato cese de actividades del proyecto minero binacional Pascua Lama (San Juan) en mayo de 2011, y el emprendimiento Veladero en marzo de 2012, pidiendo "la inmediata suspensión" de las medidas cautelares que impedían su aplicación en esa provincia.
La resolución del máximo tribunal, dicen las organizaciones, indica que la resolución de la Justicia federal de San Juan, se basaba en un fundamento contradictorio.
También sostienen que la confección de un inventario nacional de glaciares, "que prevé el artículo 3", resulta "clave para avanzar en el conocimiento de la presencia de glaciares y ambiente periglacial en nuestro territorio".
El fallo, dicen, "explica la inexistencia de un efecto irreparable en los intereses de las empresas" que justifique "la suspensión de un régimen jurídico que busca preservar a los glaciares y el ambiente periglacial como reserva estratégica y para el consumo humano".
Cuestionamientos a la megaminería
Página/12
“Esperamos que con la plena vigencia de esta ley de protección podamos dar un paso importante para incorporar a la agenda del Congreso el debate sobre megaemprendimientos mineros a cielo abierto, caracterizados por el modelo de saqueo y depredación ambiental”, dijo el senador nacional Rubén Giustiniani (Partido Socialista), al opinar sobre el fallo de la Corte.
El diputado nacional Julio Martínez (UCR) se mostró satisfecho con el fallo de la Corte y reclamó al Gobierno la realización de un “inventario de glaciares en todo el país” tras el fallo de la Corte Suprema. También advirtió que analiza la posibilidad de “solicitar una medida cautelar que suspenda en todo el territorio nacional las explotaciones mineras a cielo abierto” hasta que se realice el inventario. “Con la decisión de la Corte, ni los Kirchner ni sus socios Gioja, Peralta o Herrera tienen excusas para no acatar la ley y deben realizar, de manera urgente, el Inventario Nacional de Glaciares”, sostuvo en alusión al gobierno nacional y a los provinciales de San Juan, Santa Cruz y La Rioja.
El diputado Carlos Comi (Coalición Cívica) aseguró que el fallo que ordena aplicar la Ley de Glaciares “es una excelente noticia que pone un límite a los pactos del Gobierno con las corporaciones mineras lideradas por la Barrick Gold”. El legislador estimó “imprescindible” que en forma urgente se “implemente en forma completa y sin chicanas judiciales por parte de las mineras la Ley de Glaciares, porque es un viejo reclamo que todas las personas que estamos comprometidas con un ambiente sano y saludable venimos haciendo”.
Reclaman que se realice el inventario nacional de glaciares
Semanario Parlamentario
Frente al fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que revocó las medidas cautelares que frenaban la aplicación de la Ley de Glaciares en la provincia de San Juan, el diputado nacional Julio Martínez manifestó su satisfacción y anunció que “están evaluando las medidas más pertinentes para exigir la aceleración de los tiempos para las acciones previstas en la ley, como la realización del Inventario Nacional de Glaciares en todo el país”.
“Hasta tanto se concrete el inventario, no descartamos solicitar una medida cautelar que suspenda, en todo el territorio nacional, las explotaciones mineras a cielo abierto”, explicó Martínez.
Además, evaluó que “con la decisión de la Corte, ni los Kirchner, ni sus socios Gioja, Peralta o Beder Herrera, tienen excusas para no acatar la ley y realizar, de manera urgente, el Inventario Nacional de Glaciares”.
“Las comunidades directamente afectadas por este tipo de explotación asumen, con firmeza y mediante manifestaciones absolutamente pacíficas, su postura ciudadana en contra de la actividad minera a cielo abierto con uso de sustancias tóxicas que los gobiernos provinciales insisten en mantener y/o instalar”, sostuvo Martínez, que agregó que “el enorme consumo de agua utilizado para el tratamiento del mineral extraído, calculado entre 80 y 100 millones de litros diarios en un emprendimiento promedio, nos da una pauta de la magnitud del daño a la economía y el sistema productivo de los lugares afectados. Es por ello que la Ley de Glaciares resultó tan resistida por la alianza pro minera de los gobiernos provinciales, las empresas transnacionales y el propio gobierno nacional”.
Oficialistas y opositores celebraron el fallo de la Corte que puso en vigencia la Ley de Glaciares
Noticias Argentinas
Dirigentes del oficialismo, la UCR, el Frente Amplio Progresista (FAP) y partidos provinciales celebraron hoy el fallo de la Corte Suprema de Justicia que revocó las medidas cautelares contra la Ley de Glaciares.
Luego de que la Corte dejara sin efecto las cautelares que frenaban la aplicación de esta norma en San Juan, el senador del Frente para la Victoria Daniel Filmus, uno de los impulsores de la ley, sostuvo que "se ha dado un paso importantísimo para proteger los reservorios de agua en esa provincia".
"Es una decisión fundamental para que empiece la primera etapa en San Juan, la de implementación del inventario que define las zonas que hay que cuidar para preservar el agua de los glaciares", afirmó Filmus a través de un comunicado.
A su turno, el senador del FAP Rubén Giustiniani sostuvo que "el derecho al agua y a la vida están indisolublemente vinculados" y cuestionó que "algunos pretenden poner por encima de ello el derecho a la explotación y al comercio de un bien, que es el oro".
"Esperamos que con la plena vigencia de esta ley de protección, podamos dar un paso importante para incorporar en la agenda del Congreso Nacional el debate sobre los mega emprendimientos mineros a cielo abierto, caracterizadas por el modelo de saqueo y de depredación ambiental", agregó.
En tanto, el ex candidato a gobernador de San Juan Alfredo Avelín consideró que "esto permite volver a creer en la Justicia, es un fallo histórico que va en defensa de los intereses del pueblo argentino".
El líder del partido Cruzada Renovadora por San Juan señaló que a partir de este fallo "se va a impedir que se continúen destruyendo nuestras reservas de agua potable para ésta y las futuras generaciones".
Por su parte, el diputado radical Julio Martínez manifestó su satisfacción por el fallo y anunció que exigirán al Gobierno "la aceleración de los tiempos para las acciones previstas en la ley, como la realización del Inventario Nacional de Glaciares en todo el país".
"Hasta tanto se concrete el inventario, no descartamos solicitar una medida cautelar que suspenda, en todo el territorio nacional, las explotaciones mineras a cielo abierto", explicó Martínez.
Giustiniani celebró la plena vigencia de la Ley de Glaciares
Semanario Parlamentario
“Esperamos incorporar, en la agenda del Congreso, el debate sobre los mega emprendimientos mineros a cielo abierto, caracterizadas por el modelo de saqueo y de depredación ambiental”, señaló el senador socialista y del interbloque del FAP.
El senador socialista y del interbloque del Frente Amplio Progresista (FAP), Rubén Giustiniani, celebró la decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de revocar las medidas cautelares que frenaban la aplicación de la Ley de Glaciares, y aseguró que espera incorporar, en la agenda del Congreso, el debate sobre los mega emprendimientos mineros a cielo abierto, caracterizadas por el modelo de saqueo y de depredación ambiental”.
Giustiniani, titular de la Comisión de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Cámara alta, expresó en un comunicado: “Cuando hablamos de glaciares, estamos hablando del agua, que es un recurso estratégico y un derecho humano fundamental a preservar. El agua es el único bien que ha sido declarado un derecho humano por las Naciones Unidas, en tanto y en cuanto es un recurso vinculado directamente con la vida”.
El legislador santafesino además destacó que “frente a estos dos derechos, el del agua y el de la vida, que están indisolublemente vinculados, algunos pretenden poner, por encima de ello, el derecho a la explotación y al comercio de un bien, que es el oro”.
Zabalza destacó la revocatoria de la cautelar sobre la Ley de Glaciares
Rosario Net
El presidente del bloque de diputados socialistas en el FAP, Juan Carlos Zabalza, manifestó su satisfacción ante el fallo de la Corte Suprema que dejó sin efecto la suspensión de la Ley de Glaciares, cuyo objeto es la protección de las reservas de agua dulce.
“El reciente fallo, al ratificar la vigencia de la Ley de Glaciares, constituye una clara señal de que la Corte Suprema, al igual que este Parlamento, entiende que la protección del ambiente y la calidad y cantidad del recurso agua están por encima del lucro empresarial”, destacó Zabalza.
La minera canadiense Barrick Gold se opuso mediante el pedido de medidas cautelares a la aplicación de la ley 23.639, sancionada el 28 de octubre de 2010, en especial en cuanto prohíbe las actividades que impliquen la destrucción de los glaciares (art. 6) y obliga a realizar estudios de impacto ambiental (art. 7).
La cautelar dispuesta por el Juez Federal de San Juan, que contó con el expreso aval del Gobierno Provincial y de la Asociación Obrera Minera Argentina, fue revocada hoy por el Máximo Tribunal, señalando que se debió haber tenido en cuenta que la cautelar que suspende la vigencia de la parte esencial de la ley 23.639, tiene una significativa incidencia sobre el principio constitucional de división de poderes.
El diputado Zabalza recordó a su vez que “es necesario sancionar una ley que prohíba la minería metalífera a cielo abierto con utilización de sustancias contaminantes, y en este sentido nosotros no perdemos la expectativa de que dicha ley pueda sancionarse en el transcurso de este año”.
Hoy la Corte Suprema de Justicia a través de su fallo, también dijo: Los glaciares no se tocan !
Comunicado de Conciencia Solidaria
Conciencia Solidaria comparte la profunda alegría surgida a partir del fallo histórico de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por el cual revocó las medidas cautelares que frenaban la aplicación de la Ley 26.639, de Presupuesto Mínimos para la protección de Glaciares y Ambiente Periglacial.
Estas medidas cautelares, dictadas por la Justicia Federal de San Juan, habían sido solicitadas por las empresas Barrick Exploraciones Argentina SA y Exploraciones Mineras Argentinas SA y suspendían la aplicación de seis artículos de la mencionada norma, para el emprendimiento minero Pascua Lama:
El artículo 2 sobre definición de glaciar; el artículo 3 que creaba el Inventario Nacional de Glaciares y el artículo 5 sobre la realización de ese inventario; el artículo 6 que prohibía actividades que pudieran destruir glaciares; el Artículo 7 sobre obligación de realizar estudios de impacto ambiental, y la disposición transitoria que establece la obligación de presentar un cronograma para la ejecución del inventario y la obligación de someter a las actividades en ejecución -al momento de la sanción de la ley- a una auditoría ambiental (Artículo 15).
La Corte cuestionó al juzgado federal de San Juan sosteniendo que no se advierte cuáles son los "efectos irreparables" en los intereses de las empresas que advirtió el juez para suspender la aplicación de un régimen jurídico que busca preservar a los glaciares y al ambiente periglacial, como reserva estratégica de recursos hídricos para el consumo humano, para la agricultura y como proveedores de agua para recarga de cuencas hidrográficas, informó DyN.
El fallo, firmado por los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Santiago Petracchi y Juan Carlos Maqueda, consideró que la cautelar del juzgado de San Juan "no aparece como un remedio proporcionado a la naturaleza y relevancia de la hipotética ilegitimidad que se denuncia".
"Celebramos este fallo de la Corte Suprema de Justicia que permite la aplicación de esta Ley, y con ella la real protección de los reservorios de agua pura, limitando la actividad destructiva y contaminante de la megaminería a cielo abierto. Luego de ser aprobada en por el Congreso Nacional en octubre de 2010 fue frenada por intereses mezquinos y recién ahora es puesta en vigencia en su totalidad. Esperamos que los organismos estalales encargados de poner en marcha su operatoria estén a la altura de las circunstancias y obren con la mayor celeridad, considerando que es urgente preservar estas áreas vitales", manifestó Mariela Silvestein, presidente de Conciencia Solidaria.
Plena vigencia de la Ley de Glaciares
Greenpeace
Las organizaciones ambientalistas Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), Greenpeace Argentina, Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas y Diálogo por el Ambiente, celebran la decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de revocar las medidas cautelares dictadas por la Justicia Federal de San Juan. De esta manera la Ley de Protección de los Glaciares sancionada en el año 2010 queda plenamente vigente, incluyendo los seis artículos claves que habían sido suspendidos.
Las medidas cautelares de la Justicia Federal de San Juan (que habían sido requeridas por las empresas mineras Barrick Exploraciones Argentina SA y Exploraciones Mineras Argentinas SA) abarcaban los artículos 2, 3, 5, 6, 7 y 15 respectivamente.
La Ley de Glaciares podrá aplicarse en San Juan después de varias campañas para lograr su plena vigencia, y de las presentaciones judiciales de las organizaciones ambientalistas contra Barrick Gold.
Las organizaciones ambientalistas presentaron dos demandas ante la Corte Suprema, en las que se solicita que se ordene el inmediato cese de actividades del proyecto minero binacional Pascua Lama (San Juan) en mayo de 2011, y el emprendimiento Veladero en marzo de 2012, en cumplimiento de la Ley de Protección de Glaciares, pidiendo “la inmediata suspensión” de las medidas cautelares que impedían su aplicación en esa provincia.
La resolución con fecha 3 de julio de 2012 del Máximo Tribunal indica que la resolución de la Justicia Federal de San Juan, que suspendió la aplicación de la Ley de Glaciares en esa provincia, se basaba en un fundamento contradictorio, ya que por un lado alegaba que se generaba un estado de incertidumbre para las partes actoras al contener una definición amplia e imprecisa y, por el otro, suspendía precisamente algunos de los artículos de la ley mencionada que preveían las precisiones que demandaban las partes actores.
La confección de un Inventario Nacional de Glaciares, que prevé el artículo 3, resulta clave para avanzar en el conocimiento de la presencia de glaciares y ambiente periglacial en nuestro territorio. En ese sentido la Corte manifestó que: “una vez que se haya llevado a cabo el inventario de glaciares, se conocerán con exactitud las áreas que se encuentran protegidas por la ley”.
El fallo explica que no se advirtió la existencia de un efecto irreparable en los intereses de las empresas, ni tampoco de qué modo se produciría un gravamen concreto para ellas que justificara, de este modo, la suspensión de la aplicación de un régimen jurídico que busca preservar a los glaciares y el ambiente periglacial como reserva estratégica de recursos hídricos para el consumo humano, para la agricultura y para proveer a la recarga de cuencas hidrográficas.
El Tribunal consideró que la suspensión de una parte esencial de la ley 26.639 “tiene una significativa incidencia sobre el principio constitucional de división de poderes”, razón por la cual dicha medida debió haber sido evaluada con criterios estrictos.
Por último, consideramos fundamental recordar que la Ley de Glaciares señala y requiere que se establezcan las zonas prioritarias para la realización del inventario nacional de glaciares, que son aquellas donde se están realizando actividades que afecten zona glaciar y periglacial. Esta obligación que no ha sido cumplida por las autoridades nacionales y es fundamental que se concrete cuanto antes para evitar llegar tarde a la protección de tan importantes fuentes de agua. Asimismo se deben revisar aquellas actividades que puedan estar dañando áreas glaciares y periglaciales mediante las auditorias señaladas por la ley.
Es fundamental que la Ley de Protección de Glaciares y Ambiente Periglacial pueda lograr su cometido. Sin lugar a dudas la decisión de la Corte significa un paso en tal sentido y anhelamos que las autoridades continúen en tal dirección, implementando las asignaturas pendientes que la ley señala.