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POLÍTICA Y ECONOMÍA
Provincias convierten a grandes empresas en agente de retención
25/02/2014

Provincias convierten a grandes empresas en agente de retención

El Cronista. Por Dolores Ayerra

Siete provincias están obligando a las grandes empresas que tienen actividad en sus territorios a actuar como agentes de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos por toda compra en cualquier lugar del país del resto de sus contribuyentes.

Desde el punto de vista de la firma a la que se le retiene, esto implica más saldos a favor inmovilizados, porque ejercen retenciones, no sólo el cliente que es agente de recaudación, sino después también el banco donde deposita el pago.

“Motivadas por la necesidad de caja, las provincias implementan regímenes de recaudación, que no sólo provocan continuos saldos a favor en cabeza de los contribuyentes, sino que además comprometen la futura recaudación provincial”, dijeron Alberto Mastandrea y Claudia Pose, de BDO Argentina.

Es habitual que durante los primeros meses del año se conozcan las nuevas leyes impositivas, y con ello se advierta la mayor presión fiscal producto del incremento de las alícuotas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Sin embargo, en la actualidad la mayor presión tributaria deriva de la existencia de una multiplicidad de regímenes de recaudación que se ponen en marcha, como mecanismo ágil para que los gobiernos provinciales se hagan de caja sin más costos, enfatizaron Mastandra y Pose.

El caso más reciente es la provincia de Misiones, gobernada por Maurice Closs, que por la Resolución 1/2014 dispuso que los contribuyentes cuyos ingresos anuales correspondientes al total país superen $ 50 millones quedan obligados a actuar como agentes de retención de Ingresos Brutos por toda adquisición de bienes o servicios que se realicen en cualquier punto del país.

Antes, sólo se encontraban obligados a actuar como agentes de recaudación, los contribuyentes de alto interés fiscal que fueran específicamente nominados por la provincia. Luego de la modificación normativa, cualquier contribuyente que tenga dada de alta la jurisdicción, aún por operaciones residuales, deberá actuar como agente recaudador si los ingresos que obtiene a lo largo del país superan los $ 50 millones.

Lo mismo hizo la provincia de Jujuy, la cual estableció por medio de la R.G. 1.328/2013 la obligatoriedad de actuar como agentes de percepción a aquellos sujetos cuyos ingresos anuales a nivel país superen $ 6 millones.

Estas provincias se suman a Mendoza, Río Negro, San Luis, Santa Fe y Santiago del Estero, donde ya existen esquemas similares.

“Si bien desde la perspectiva de los contribuyentes esta situación provoca una fuerte inmovilización de capital de trabajo, no es menos cierto que estas medidas también afectan los presupuestos provinciales de los próximos años pues, en tanto los contribuyentes multipliquen sus saldos a favor, menos serán las sumas recaudadas legítimamente en concepto de impuestos en el futuro”, remarcaron Mastandrea y Pose.

En cualquier operación de venta no sólo será el cliente quien retenga el impuesto al momento de pagar la factura comercial, sino además el banco también hará lo propio cuando los valores sean posteriormente depositados. Así, por cada operación comercial, dos son los sujetos obligados a actuar como agentes recaudadores, el cliente y el banco.

En varios fallos judiciales se ha sostenido que el abuso de las provincias se pone de manifiesto a poco de observar como los contribuyentes multiplican sus saldos a favor, lo cual lesiona el derecho de propiedad al mantener cautivas sumas de dinero que exceden ampliamente la obligación mensual, opinaron Mastandra y Pose.

Los especialistas concluyeron que organismos tales como la Comisión Arbitral y/o la Comisión Plenaria –que median entre las provincias por Ingresos Brutos– deberían ponerle coto a la facultad irrestricta de las provincias de establecer regímenes de retenciones y/o percepciones, pues de otra forma obligan a los contribuyentes a iniciar medidas individuales con los costos que ello provoca.


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