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IMPUESTOS
Moratoria pymes argentinas: Miles de inscriptos en primer día. Antigüedad y beneficios
MINING PRESS/ENERNEWS/El Cronista

Hubo  3300 contribuyentes anotados en el primer día para pagar $ 2500 millones

18/02/2020

En el primer día de la moratoria que lanzó la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), unos 3300 contribuyentes se adhirieron para regularizar deudas por $ 2500 millones, según fuentes del organismo.

El plan de regularización que "busca ofrecer alivio financiero para el entramado productivo", de acuerdo a la descripción oficial, logró que se anotaran en este perdón impositivo 3300 de los casi 1 millón de contribuyentes con deuda ante el fisco.

En el primer corte a menos de 24 horas de la entrada en vigencia de la moratoria para micro, pequeñas y medianas empresas (pymes), monotributistas, cooperativas, clubes de barrio, consorcios de propietarios y obras sociales, se consiguió la adhesión de $ 2500 millones sobre los $ 400.000 millones que deben en total las pymes, monto que es, a su vez, el 70% del stock de deuda de la AFIP.

Beneficios

La moratoria dispone un período de gracia hasta el 17 de julio para realizar el primer pago y tasa de interés del 3% mensual fija y en pesos el primer año. Luego, será aplicará una tasa variable Badlar del sector privado, que el jueves pasado cerró en 35,25% anual.

El plan supone también la suspensión de los embargos y de toda acción penal contra las empresas en mora. Ésta es una medida reclamada en forma insistente por empresarios pyme y cámaras del sector en los últimos años y nunca materializada.

El plazo para ingresar se extiende hasta el 30 de abril y podrán presentarse deudas con la AFIP vendidas hasta el 30 de noviembre de 2019, así como planes de pago vigentes hasta el 23 de diciembre o ya caducos.


Más antigua la deuda, más beneficio en la moratoria: qué dicen los tributaristas

PAULA LÓPEZ

Puesta en marcha la moratoria de AFIP para pymes, monotributistas, autónomos y cooperativas, obras sociales y clubes de barrio puedan regularizar su situación impositiva, los tributarias empezaron a hacer cálculos sobre los grados de conveniencia del instrumento, de acuerdo con el monto de la deuda y los años que lleva.

Si bien consideró positiva la decisión oficial, por entender que se busca dar una solución a los problemas financieros de las empresas, y que se condonan multas que muchas veces pesan más que el gravamen adeudado, el tributarista Sebastian Domínguez indicó que "no es bueno tener una moratoria cada 4 años, ya que incentiva la evasión".

Por su parte, Ezequiel Passarelli, socio de SCI, consideró que adherirse a la moratoria que permite hasta 120 cuotas es una oportunidad, "donde el beneficio más grande tiene que ver con la condonación de intereses y multas, incluidas las penales, por el pasado", por lo que es mucho más que un plan de pagos.

El especialista planteó, además, que dados los topes máximos a los intereses que surgen de la moratoria, con máximos de 75% y 10% según el año de la deuda, "mientras más antigua sea la deuda, mayor será el beneficio".

Al respecto, indicó que en 2019, la tasa de interés anual fue de 52%, Por incluir deudas en la moratoria esa tasa baja al 10%, lo que implica un "ahorro del 42% sobre el capital, solo por ingresar al esquema.

Así, suponiendo una deuda de capital de $ 1 millón, el que ingrese a la moratoria deja de pagar casi $ 420.000 en concepto de intereses. Esos montos de "ahorro" se incrementan cuanto más antigua es la deuda impositiva.

Por caso, un monto adeudado desde 2018, acumularía intereses en torno al 90% por acumular la tasa de interés de ese año (36%) y la del año pasado, contra un 10% si se ingresa a la moratoria.

En el caso de tener una deuda de 2015, los intereses en condiciones normales llegarían al 200%, mientras que, con la moratoria, bajarían al 50%. Por lo cual, una empresa que tiene una deuda de $ 1 millón de capital, que antes iba a pagar $ 2 millones por intereses, ahora pagará $ 500.000.

Qué pasa con las multas

Otro beneficio de la moratoria pasa por la condonación total de las multas. Sucede que a veces las empresas no tienen en cuenta que las multas pueden representar hasta seis veces el total adeudado por el impuesto e intereses.

"Muchas firman no suman las multas al cálculo de deuda que tienen con AFIP. Solamente consideran capital e intereses, que es lo que surge automáticamente del sistema de cuentas tributarias y, cuando estas llegan, realmente se encuentran con una sorpresa muy grande", señaló Passarelli.

Además, el especialista manifestó que "si bien la primera respuesta es tender a armar el plan en la mayor cantidad de cuotas posibles (120 o 60, dependiendo el tipo de deuda que se trate)", debería tenerse en cuenta la interrupción de la prescripción penal".

Esto significa que se empiezan a computar los plazos de prescripción desde cero. Por lo cual, la AFIP cuenta con entre 6 a 11 años más, según la deuda de la que se trate para volver a reclamar al contribuyente.

Por eso, comentó el especialista, es "fundamental que los planes de pago no tengan posibilidad alguna de que se "caigan", dado que si eso sucede, el ente recaudador queda totalmente habilitada para iniciar las acciones corrrespondientes.

En cuanto a las razones para que el plan quede sin efecto, o caduque, Passarelli dijo que puede suceder por falta de pago de seis cuotas.

"Si alguna persona o pyme tiene la posibilidad, la alternativa de pagar al contado es atractiva, considerando que, por hacerlo, además, tendrán un 15% de bonificación total de la deuda, tanto de capital como de intereses", completó.


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*La información y las opiniones aquí publicados no reflejan necesariamente la línea editorial de Mining Press y EnerNews

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