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POLÍTICA E IMPUESTOS
Impuesto al patrimonio avanza en Chile. Análisis de tributarios
MINING PRESS/ENERNEWS/Emol
03/08/2020

La comisión de Constitución escucha a los economistas, constitucionalistas y expertos tributarios antes de someter a votación el texto. Las dudas apuntan a si será con 2/3 o 3/5 y si se trata de una iniciativa de exclusiva prerrogativa del Presidente.

Un proyecto de reforma constitucional fue el que la oposición ayer una serie de diputados de oposición. ¿El objetivo? " Crear un impuesto transitorio al patrimonio de las grandes fortunas en Chile " para obtener recursos y destinarlos al financiamiento de una renta básica de emergencia para las familias más controladas por el covid-19.

Así, según el texto de la iniciativa, "quedará gravado -por una sola vez- con una tasa de 2,5% el patrimonio bruto de las personas naturales con domicilio en Chile, titulares de bienes y derechos, en Chile o en el extranjero , al 31 de diciembre de 2019, equivalentes a un valor igual o superior a US $ 22 millones ".

Diputados de oposición presentan proyecto que crea un impuesto a

Diputados de oposición presentan proyecto que crea un impuesto a "súper ricos" de 2,5% por una única vez

Y, de ser aprobado, "los contribuyentes señalados en el inciso anterior requieren enterar el impuesto en el plazo de treinta días corridos contados desde la publicación de la presente reforma constitucional".

Con todo, según los cálculos detallados en el documento presentado por los diputados firmantes - Gabriel Ascencio (DC), Karol Cariola (PC), Giorgio Jackson (RD), Daniel Núñez (PC), Luis Rocafull (PS), Alejandra Sepúlveda (FRVS) ), Alexis Sepúlveda (PR), Raúl Soto (PPD), Camila Vallejo (PC) y Esteban Velásquez (FRVS) -, " este impuesto podría alegar recursos al Fisco por US $ 6.500 millones ".

Ante la propuesta, a la calidad se han sumado una treintena de adhesiones desde las bancadas de oposición, Emol conversó con tres expertos tributarios que opinaron respecto a la medida y su factibilidad.

" Es una propuesta del todo inoportuna ", tajante de dados Claudio Bustos , abogado tributario y socio de Bustos Tax & Legal. "De más está manifiesto que en circunstancias como las actuales, en las que la economía se ha visto fuertemente azotada por el desorden social del año pasado más la crisis causada por la pandemia, lo que menos se requiere es un alza de impuestos".

"Por el contrario, debiéramos estar pensando en elaborar potentes fórmulas de incentivo a la economía en materia tributaria, a través de franquicias y beneficios que modifican potenciar el mercado y, por esa vía, aumentar finalmente la recaudación", opina.

Visión similar expresa Álvaro Moraga , también abogado tributario y académico de la Universidad Adolfo Ibáñez: "La verdad es que está triste ver que se den iniciativas de esta naturaleza en un momento donde lo que necesita Chile es reactivar su economía y aumentar la carga tributaria va precisamente en la dirección contraria ".

" Los países serios cuando han querido reactivar su economía lo hacen con mecanismos específicos que van a la inversa , sobre la base de atraer la inversión. Y es imposible atraer la inversión en un país donde se manosea tanto el sistema tributario en la forma en que lo hacen, irresponsablemente, los parlamentarios de oposición ", crítica el socio de Moraga y Cía.

En ese sentido, el experto recuerda que "lo que Chile necesita urgente son medidas para atraer inversión que pueden significar empleo y empleo de calidad, hay muchos instrumentos muy útiles para hacerlo. empleo que le permita tener seguridad social y estabilidad para proyectarse en el tiempo ".

Por su parte, el socio de Puente Sur, Ignacio Gepp , comenta que entiende la necesidad de generar mecanismos de apoyo y ayuda, "pero me hace ruido que estemos generando un mecanismo de distribución inmediata".

"El problema con esto es que no está realmente generando un ahorro ni una inversión, sino que estás literalmente aplicando un impuesto para gastarlo todo ahora y eso, desde el punto de vista de la gente que está sujeta a este impuesto, es algo que les va a dar muchísimo susto. Esa gente se va a ir, porque esa gente es muy probable que le hagan lo mismo en tres meses más ", explica.

En la línea expuesta por Gepp, Bustos remarca que una iniciativa como la propuesta "puede producir la fuga de patrimonios al exterior y desincentivar la generación de nueva riqueza . Estamos en presencia de un impuesto que no grava la generación de rentas o de riqueza, sino la riqueza ya generada y acumulada por una persona ".

"Por tal motivo, no sería extraño que, de aprobarse un impuesto de esta naturaleza, se produjera una fuga de los grandes patrimonios hacia el exterior, aún más de lo que ya llegó sucediendo en los últimos años debido a la falta de certeza jurídica en materia económica y tributaria ", destaca el experto.

Moraga sostiene: "Si nosotros seguimos la tendencia de los países como Argentina, donde se establecieron históricamente los impuestos sobre el patrimonio, es decir sobre lo que pagó impuestos, lo único que se va a conseguir va a ser debilitar el sistema, ahuyentar la inversión".

Gepp de Puente Sur expone que otro problema que ve al proyecto es que " no se hace cargo de la mecánica de su implementación , solo dados que se cobrará un 2,5% de impuesto sobre el patrimonio". En este punto, el abogado explica que medir el patrimonio de una persona es muy complejo y no hay una sola metodología para hacerlo.

Igualmente, agrega, "está el problema de cómo se paga ese impuesto: si tú dices que vas a aplicar un impuesto de 2,5% a una persona que tiene muchas acciones o que tiene muchas casas, ¿esa persona qué hace? ¿Vende la casa? ¿te da una casa? ¿pasa acciones en forma de pago?. es muy difícil ir a pedir un impuesto sobre el patrimonio porque no es como el impuesto a la renta, que es lo que ganaste en un año, este es un impuesto sobre lo que tienes ".

"¿Si esa persona no tiene la liquidez, tiene que ir y vender para poder pagar el impuesto? En cuánto tiempo, en qué condiciones, nada de eso se dice en el proyecto", indica.

Preguntas Mismas Aborda Moraga , quien Expone "¿Qué pasa si el patrimonio esta en Bienes Raíces y sin dinero en Líquido ?, ¿Qué Pasa si el patrimonio he aquí la base ESTÁN calculando Sobre la de Bienes Raíces, Pero Que estan con debt ?, ¿ES realmente 'rica' una persona que tiene un bien raíz que lo debe al 90%? Entonces, por donde se mire, este proyecto es inviable ".

El experto de Bustos Tax & Legal destaca otro punto por el cual tilda de "pésima" la medida y es que, su juicio, " constituye una doble o múltiple tributación ".

" El denominado impuesto al patrimonio grava la riqueza ya generada y acumulada por una persona, la cual está constituida por elementos que ya han tributado previamente . En efecto, las rentas que componen el patrimonio, al haber generado, fueron ya tributadas con el impuesto a la renta, hasta con tasa máxima del 35% ó 40%, según la época ", explica.

En el caso de los patrimonios que han sido heredados de familiares, " ales patrimonios tributados con el impuesto a la renta cuando la riqueza fue generada por el titular anterior del patrimonio, y también se pagó el impuesto a la herencia cuando el patrimonio fue transmitido al heredero" .

Así, "si hay bienes raíces que forman parte del patrimonio , cuentos activos han tributado con el impuesto territorial (contribuciones), el cual, cabe recordar, funciona sobre la misma base filosófica que el impuesto al patrimonio, pues grava el valor de los inmuebles "si están generando ingresos o no".

Y "si el respectivo patrimonio ha estado involucrado en el desarrollo de actividades comerciales , también ha sido impuesto la patente municipal, el cual también opera como un impuesto al patrimonio", concluye Bustos.


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*La información y las opiniones aquí publicados no reflejan necesariamente la línea editorial de Mining Press y EnerNews

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