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POLÍTICA Y ENERGÍA
Plan Gas.Ar: Nueva licitación para abastecer demanda invernal
TÉLAM/ENERNEWS

Logrará llevar la producción del fluido a 30.000 millones de metros cúbicos en cuatro años

23/02/2021

El gobierno argentino lanzó la convocatoria a una nueva licitación en el marco del plan de estímulo Gas.Ar para abastecer con producción local el pico de demanda de los meses de invierno, y ahorrar la mayor cantidad de fluido importado.

Así lo hizo a través de la Resolución 129/2021 de la Secretaría de Energía, publicada en el Boletín Oficial, que convocó "al Concurso Público Nacional Ronda #2 - Plan de Promoción de la Producción del Gas Natural Argentino - Esquema de Oferta y Demanda 2020-2024".

Es para la adjudicación de volúmenes de gas natural adicionales a los otorgados por la Resolución 391/2020, del 15 de diciembre pasado, correspondientes a las cuencas Neuquina y Austral, por cada uno de los períodos invernales de 2021 a 2024.

La licitación en detalle

La convocatoria precisó que, en la Cuenca Neuquina, se adjudicarán 3,5 millones de metros cúbicos diarios para mayo de cada año; 12,54 millones para junio; 17,59 millones para julio; 10,40 millones para agosto; y 3,21 millones para setiembre.

En tanto, para la Cuenca Austral, los volúmenes serán de 6,01 millones de metros cúbicos diarios para mayo de 2021 a 2024; de 8,46 millones para junio y julio; de 8,72 millones para agosto; y de 6 millones para setiembre.

Esta nueva licitación tendrá como características salientes que, para el invierno 2021, se podrá ofrecer volúmenes variables de gas desde el junio a setiembre, pudiendo no hacerlo para mayo.

El precio tope de la licitación es el mismo de la ronda 1 del Plan Gas.Ar, de US$ 3,575 por millón de BTU (la unidad de medida del gas) para la Cuenta Neuquina, y de US$ 3,428 para la Austral, pudiendo ofertar también volúmenes en las mismas condiciones que en la primera licitación para los años subsiguientes, sin que esto sea obligatorio.

De acuerdo con el cronograma establecido para esta licitación, las consultas se podrán realizar hasta el miércoles 24 de febrero; la presentación de ofertas será el 2 de marzo; al día siguiente será la vista de las mismas; el 5 de marzo se dará a conocer el dictamen de Evaluación; y el 10 de marzo, se hará el acto de adjudicación.

El secretario de Energía, Darío Martínez, aseguró el viernes pasado que se están "analizando todas las alternativas para abastecer convenientemente y al menor precio posible la demanda de gas natural de la temporada invernal, y en función de ese análisis se tomó la decisión de hacer una segunda ronda de licitación del Plan Gas.Ar para el pico de invierno".

"Esta segunda ronda tiene por objeto básicamente obtener el mayor volumen posible de gas argentino para el pico invernal para ahorrar la mayor cantidad de gas importado posible, generando simultáneamente un ahorro de divisas y una disminución del costo fiscal", agregó Martínez.

El Gobierno lanzó a comienzos de año un nuevo esquema de contratos de gas, que regirá el suministro para las distribuidoras de todo el país y las generadoras de electricidad, como parte de un plan mediante el cual busca asegurar el incremento de la producción, las inversiones y el empleo.

El Plan de Promoción de la Producción del Gas Natural Argentino-Esquema de Oferta y Demanda 2020-2024, aprobado por el Decreto 892 del 13 de noviembre de 2020, concretó a mediados de diciembre la adjudicación de 70 millones de metros cúbicos diarios de gas por los próximos cuatro años.

Además, antes de cada período invernal se prevé una nueva licitación para asegurar la cobertura del pico de demanda, la cual se anticipa se deberá completar con las importaciones desde Bolivia y los cargamentos de Gas Natural Licuado, como ocurre desde 2008.

A comienzos de año, el Gobierno cerró con Bolivia la quinta adenda al acuerdo de venta de gas que ambos países mantienen desde 2006, en la cual se explicitó que el país, durante 2021, recibiría un 30% menos de envíos por las dificultades productivas y operativas que atraviesan los yacimientos bolivianos.

El Gobierno prevé que, con la puesta en marcha del Plan Gas.Ar, logrará llevar la producción del fluido a 30.000 millones de metros cúbicos en cuatro años, generar un ahorro fiscal de US$ 2.500 millones y evitar la salida de divisas por US$ 9.200 millones.

En la nueva licitación, la empresa oferente deberá presentar volúmenes para cada uno de los meses de los períodos estacionales de invierno, con excepción de mayo que podrá quedar vacante.

Los volúmenes a ofrecer podrán ser variables para cada mes de cada período estacional de invierno; pero la totalidad ofrecida en cada período estacional de invierno de 2022 a 2024, no podrán superar en más de un 20% a los ofertados para el de 2021.

Asimismo, el promedio de los volúmenes ofrecidos en junio, julio y agosto de cada año no podrá ser inferior al promedio que se ofrecieren para mayo y setiembre del período.

La Resolución 129/2021

RESOL-2021-129-APN-SE#MEC

 

Ciudad de Buenos Aires, 20/02/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-04558486-APN-SE#MEC, la Ley N° 17.319, el Decreto N° 892 de fecha 13 de noviembre de 2020, las Resoluciones Nros. 317 de fecha 20 de noviembre de 2020 y 391 de fecha 15 de diciembre de 2020 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA y su modificatoria, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 892 de fecha 13 de noviembre de 2020 se declaró de interés público nacional y como objetivo prioritario de la REPÚBLICA ARGENTINA la promoción de la producción del gas natural argentino, al tiempo que se aprobó el “PLAN DE PROMOCIÓN DE LA PRODUCCIÓN DEL GAS NATURAL ARGENTINO – ESQUEMA DE OFERTA Y DEMANDA 2020-2024”.

Que el citado decreto establece, como uno de los objetivos prioritarios, la necesidad de otorgar previsibilidad al abastecimiento de gas natural en el mediano plazo y, como una de las herramientas para lograrlo, la implementación de programas de incentivo a la producción e inversión.

Que, a tales efectos, por la citada norma se creó un esquema tendiente a garantizar precios justos y razonables compatibles con la seguridad de abastecimiento, por lo que corresponde que el mecanismo de comercialización que se instrumente en consecuencia garantice la agilidad, transparencia y eficiencia en la formación de los precios del gas natural, a la vez que mantenga inalterados los principios básicos que inspiran a las leyes de fondo en la materia.

Que el referido decreto facultó a esta Secretaría a realizar las adecuaciones y cambios necesarios para la instrumentación del citado Plan en los aspectos no medulares de los objetivos detallados en su Artículo 2° y de las pautas, criterios y condiciones elementales contenidos en su Artículo 4°.

Que, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto N° 892/20, a través de la Resolución N° 317 de fecha 20 de noviembre de 2020 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, se instrumentó un procedimiento de oferta y competencia de precios a los efectos de adjudicar volúmenes uniformes de gas natural provenientes de todas las cuencas productivas del país, así como de celebrar contratos directos entre las empresas productoras y distribuidoras, por un lado, y entre las primeras y la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA), por el otro.

Que, en consecuencia, esta Secretaría convocó a un Concurso Público Nacional para la adjudicación de un volumen de gas natural base total de SETENTA MILLONES DE METROS CÚBICOS (70.000.000 m3) por día para los TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días de cada año calendario de duración del esquema aprobado por el Artículo 2° del Decreto N° 892/20; y un volumen adicional por cada uno de los períodos invernales de los años 2021 a 2024 inclusive, en los términos del Pliego de Bases y Condiciones que como Anexo I “CONCURSO PÚBLICO NACIONAL - PLAN DE PROMOCIÓN DE LA PRODUCCIÓN DEL GAS NATURAL ARGENTINO – ESQUEMA DE OFERTA Y DEMANDA 2020-2024” (IF-2020-80586571-APNSSH#MEC) forma parte integrante de la Resolución N° 317/20 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA.

Que mediante la Resolución N° 391 de fecha 15 de diciembre de 2020 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA y su modificatoria se aprobó el procedimiento realizado para el Concurso Público Nacional dispuesto por la Resolución N° 317/20 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, se adjudicaron los volúmenes de gas natural y se aprobaron los precios del gas natural en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST) correspondientes a los volúmenes adjudicados, los que se detallaron en los cuadros 1 y 2 incorporados en el Anexo II (IF-2020-90879095-APN-SSH#MEC) de la Resolución N° 447 de fecha 29 de diciembre de 2020 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Que los volúmenes de metros cúbicos de gas ofertados por las empresas productoras en el marco del “CONCURSO PÚBLICO NACIONAL - PLAN DE PROMOCIÓN DE LA PRODUCCIÓN DEL GAS NATURAL ARGENTINO – ESQUEMA DE OFERTA Y DEMANDA 2020-2024” resultaron insuficientes para cubrir las proyecciones de consumo interno para los períodos invernales de los años 2021, 2022, 2023 y 2024.

Que, frente a ello y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 4° del Decreto N° 892/20, se torna imperioso convocar a un nuevo concurso público nacional a través de un instrumento competitivo y transparente de oferta y competencia de precios, a los efectos de adjudicar volúmenes de gas natural adicionales para los períodos invernales de los años 2021, 2022, 2023 y 2024.

Que la Dirección de Asuntos Legales de Energía del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los Artículos 2°, 3° y 4° del Decreto N° 892/20.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ENERGÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Convócase en el ámbito de esta Secretaría al Concurso Público Nacional “RONDA #2 CONCURSO PÚBLICO NACIONAL - PLAN DE PROMOCIÓN DE LA PRODUCCIÓN DEL GAS NATURAL ARGENTINO – ESQUEMA DE OFERTA Y DEMANDA 2020-2024” para la adjudicación de volúmenes de gas natural adicionales a los adjudicados por la Resolución N° 391 de fecha 15 de diciembre de 2020 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA y su modificatoria, correspondientes a las Cuencas Neuquina y Austral, por cada uno de los períodos invernales de los años 2021 a 2024 inclusive, en los términos del Pliego de Bases y Condiciones que como Anexo I (IF-2021-14808942-APN-SSH#MEC) forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- A los efectos de garantizar la plena concurrencia al procedimiento de oferta y competencia dispuesto en la presente resolución, publíquense edictos por DOS (2) días en el Boletín Oficial y en TRES (3) diarios de circulación nacional, notifíquese vía sistema de Trámite a Distancia (TAD) a todas las empresas productoras inscriptas en el Registro de Empresas Petroleras, Sección Productoras, creado por la Disposición N° 337 de fecha 9 de diciembre de 2019 de la ex SUBSECRETARÍA DE HIDROCARBUROS Y COMBUSTIBLES de la ex SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE HACIENDA, y notifíquese a INTEGRACIÓN ENERGÉTICA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (IEASA) y a la CÁMARA DE EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN DE HIDROCARBUROS (CEPH).

ARTÍCULO 3°.- Apruébase el Modelo de Contrato que deberán suscribir las empresas productoras adjudicatarias del Concurso Público convocado por el artículo 1° de la presente resolución con IEASA, que como Anexo II (IF-2021-14144239-APN-SSH#MEC) forma parte integrante de la presente medida.

A tal efecto, se instruye a IEASA a suscribir los mencionados contratos con las empresas productoras de gas natural que resulten adjudicatarias, de conformidad con lo aquí dispuesto.

ARTÍCULO 4°.- Desígnanse miembros de la Comisión Evaluadora de la “RONDA #2 – CONCURSO PÚBLICO NACIONAL - PLAN DE PROMOCIÓN DE LA PRODUCCIÓN DEL GAS NATURAL ARGENTINO – ESQUEMA DE OFERTA Y DEMANDA 2020-2024”, que se convoca mediante el Artículo 1° de la presente medida, a los profesionales Federico Luis AMADEO (M.I. N° 12.045.821), Sebastián Fernando GONZÁLEZ (M.I. N° 22.080.946) y Nicolás Ramón TAIARIOL (M.I. N° 26.932.264).

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Norman Darío Martínez


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