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POLÍTICA Y ENERGÍA
Habemus borrador: Ley de Hidrocarburos de Argentina, lista para el Congreso. Los ejes
DIARIOS/ENERNEWS

Autorización para exportaciones garantizadas por un 20% de su producción incremental con la disponibilidad del 50% de esas divisas

20/08/2021

El gobierno enviará al Congreso el proyecto de la llamada “Ley de Promoción de Inversiones Hidrocarburíferas”  en un horizonte a 20 años mediante una serie de beneficios, que incluyen el acceso parcial a divisas y la rebaja de impuestos, con el objetivo de autoabastecer el mercado interno y evitar la perdida de divisas por las importaciones de gas que sumaron US$ 2.500 MM anuales.

El proyecto prevé un nuevo régimen general de promoción de exploración y producción de petróleo, en el que se podrá exportar un 20% en función del incremento de la producción y el resto deberá ofrecerse al mercado interno. Ese beneficio se determinará sobre la diferencia entre el máximo anual entre 2019 y 2020 o los últimos 12 meses desde la vigencia de la ley.

Habrá un “Régimen Especial de Promoción para Proyectos de Exploración, Producción, Industrialización, Almacenaje y/o Transporte de Hidrocarburos y Derivados”, que buscan incentivar y premiar a los proyectos que incluyan un plan asociado a la sustentabilidad energética. Además, se impulsan estrategias que involucran la perspectiva de género y la creciente incorporación de inversión en investigación y desarrollo tecnológico.

Uno de los principales incentivos es la flexibilización del cepo cambiario, ya que los beneficiarios gozarán de la libre disponibilidad del 50% de las divisas por el volumen beneficiado. Un cambio que replica el mecanismo dispuesto en abril de fomento de inversión para las exportaciones -sobre todo en el sector minero- y que por ahora no tuvo mayor impacto.

Por esa mayor producción, la alícuota de derecho de exportación será de entre 0% y 8% según un precio que definirá la autoridad de aplicación. El resto de las divisas del saldo alcanzado por el incentivo deberán ser ingresadas y las adicionales, que fueran autorizadas por fuera del VEB, deberán liquidarse en el mercado oficial de cambios. 

El esquema de inversiones mínimas será para los proyectos de exploración sísmica convencional de US$ 6 MM en un plazo máximo de 3 años y en almacenaje subterráneo de gas desde US$ 30 MM a 3 años.

Para proyectos de producción convencional un mínimo de inversión de US$ 100 millones a 4 años; para los procesos de industrialización de hidrocarburos de US$ 300 millones a 4 años y en la producción de gas y petróleo no convencional como los de Vaca Muerta, de US$ 400 millones anuales sostenidos en 5 años.

 

En este último caso el 25% de la inversión comprometida deberá estar destinada al desarrollo de nuevos proyectos pilotos de manera de asegurar su sostenibilidad, en tanto que también se contempla proyectos más chicos en cuencas con declino marcado para los cuales se reducen compromisos y se amplían plazos.

Por otro lado, para acceder a los beneficios que propone este proyecto, será obligatoria la presentación de un Plan de Desarrollo de Proveedores Regionales y Nacionales y cumplir con los principios de contratación que la norma establece.

La iniciativa en la que trabajan el Ministerio de Economía y la Secretaría de Energía contendrá tres ejes vinculados al cuidado medioambiental: Beneficios adicionales a proyectos que incluyan propuestas de eficiencia en el uso de la energía y diversificación de su producción energética: Incentivos para facilitar la transición energética de fósiles líquidos a Gas Natural y Viabilización de industrialización que reduzca la contaminación ambiental.


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*La información y las opiniones aquí publicados no reflejan necesariamente la línea editorial de Mining Press y EnerNews

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