El Superior Tribunal de Justicia (STJ) resolvió rechazar el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la ENDEPA en representación de las comunidades Mapuche-Tehuelches Mallin de los Cual, Lefimi, Los Pino y Chacay Oeste y Laguna Fría por la falta de consulta previa respecto al proyecto de ley 128/20 de "Zonificación Minera"
La apelación del Superior Tribunal de Justicia se dio luego del fallo de la Cámara de Puerto Madryn que había habilitado el tratamiento del proyecto de minería en Chubut. En dicha sentencia la Cámara resolvía declarar la acción de amparo como “inadmisible” porque en su criterio se había vencido el plazo de 30 días que establece la Ley provincial para interponer dicha demanda, aunque no había resuelto la cuestión de fondo que respecto a la consulta previa.
La apelación destacó que 30 días “no puede ser un obstáculo cuando se trata de una ilegalidad continuada” y se resolvió rechazar el planteo, declarando “mal concedido el Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto por las Comunidades Mapuches-Tehuelches”.
Esto, al evaluar que “los apelantes no atacan una ley, decreto, ordenanza o reglamento por oponerse a nuestra Constitución Provincial, ni tampoco acreditan que hubo controversia oportunamente planteada sobre alguna cláusula constitucional provincial”.
También cuestiona que las comunidades planteen que “no cuentan con otra vía jurisdiccional o natural para obligar al Legislativo a incorporar los procedimientos de consulta y participación indígena”, considerando que “no brindan razones fundadas”.
Los miembros del Superior Tribunal de Justicia aseguraron que “las apelantes no hacen más que asumir una posición dogmática frente a la exigencia legal, pues se alinean con el fallo de primera instancia para invocar -genéricamente- que no cuentan con otra vía jurisdiccional o natural para obligar al Poder Legislativo a incorporar los procedimientos de consulta y participación indígena, pero sin brindar razones fundadas de tal aseveración, ni por qué motivos no resultaría de aplicación al caso, el criterio de este Tribunal en el antecedente que trajo a colación”.
Bajo esta óptica, se resolvió rechazar el planteo de las comunidades y así el proyecto del Gobierno provincial para habilitar la zonificación minera en Chubut quedaría nuevamente sin impedimentos para su tratamiento en el recinto, ya que cuenta con dictamen favorable en la Comisión correspondiente.
La resolución del Superior Tribunal de Justicia