El Tribunal Ambiental de Antofagasta acogió la reclamación presentada por Andes Iron SpA en contra de la Resolución, dictada por el Comité de Ministros que calificó desfavorablemente el proyecto Dominga.
“Estamos muy conformes con el categórico y unánime fallo emitido por el Primer Tribunal Ambiental de Antofagasta, el cual anuló lo resuelto por el Comité de Ministros y restablece nuestra Resolución de Calificación Ambiental (RCA). La resolución confirma que el proyecto Dominga cumple con la normativa vigente, además de haber cumplido con todas las exigencias para su correcta evaluación ambiental”, señaló la minera tras conocer el fallo.
“Esta sentencia nos resulta preocupante, ya que el eventual avance de este proyecto representa un grave riesgo para las especies que habitan en el sector de La Higuera, un área de reconocimiento mundial por albergar fauna marina en peligro, como la ballena azul y diversas aves costeras. Además, en esta zona se encuentra la Reserva Nacional del Pingüino de Humboldt, uno de los santuarios más importantes del norte de Chile”, indicó por su parte Greenpeace.
En tanto, el Ministerio de Medio Ambiente informó que “estamos estudiando los alcances del fallo para evaluar los pasos a seguir”.
La recién asumida alcaldesa de La Higuera, Uberlinda Aquea, manifestó que “este proyecto se presentó cuando yo era concejal, así que tengo un conocimiento de todo el proceso y la lucha judicial” en torno al mismo.
El proyecto minero portuario ubicado en la Región de Coquimbo, cuyo yacimiento está ubicado a 16 Km al norponiente de la Comuna de La Higuera, donde se encontrarán la planta, los dos rajos, el depósito de estéril y el depósito de relaves espesados.
La planta se conectará con el terminal de embarque en el borde costero a través de tres ductos subterráneos de 26 Km que llevarán agua y hierro.
La terminal de embarque estará emplazado en la localidad de Totoralillo Norte, lugar en el que se ubicó el primer puerto minero de la Comuna y donde se construirán las instalaciones necesarias para el acopio, filtrado y embarque del concentrado de hierro a través de un sistema de correas transportadoras cerradas y cargadores móviles que lleven directamente el concentrado a cada bodega de la nave, evitando fugas de material.
Conscientes de la escasez de agua en la zona, contaremos con una planta desalinizadora que nos permitirá operar con agua de mar en todos nuestros procesos, además de entregar 5 litros por segundo de agua desalinizada a la Comuna de La Higuera.
Resolución
En su fallo, emitido este lunes, el tribunal declaró la nulidad de la citada resolución del Comité, así como del acuerdo que la sustentó, argumentando que “la resolución reclamada es ilegal debido a que el Comité de Ministros omitió lo establecido y no cumplió debidamente con la sentencia dictada en causa Rol R N° 1-2017″, la cual ya se encontraba firme y ejecutoriada”.
El tribunal identificó varias infracciones por parte del Comité de Ministros. En primer lugar, señaló un claro incumplimiento de la sentencia dictada en 2021 por el mismo tribunal, que había sido confirmada por la Corte Suprema, estableciendo que esta debía respetarse como cosa juzgada, según publicó El Mostrador.
Además, advirtió que el comité transgredió principios fundamentales como la imparcialidad y la confianza legítima. Esto se evidenció en que “ministros que habían manifestado previamente su parecer posteriormente no se inhabilitaron”, afectando la legitimidad de sus decisiones.
Asimismo, el tribunal destacó que la resolución impugnada presentaba “pronunciamientos contradictorios e incoherentes, dictados en infracción con el deber de motivación y el principio de protección de la confianza legítima”. También criticó al comité por haber resuelto fuera del “plazo fatal establecido en el artículo 20 de la Ley N° 19.300″, lo que constituye un vicio de legalidad que perjudicó directamente al reclamante.