A través del Decreto 67/2025, Argentina privatizó de manera total Belgrano Cargas y Logística S.A, tal como había adelantado el vocero presidencial, Manuel Adorni, en X.
"El Presidente Javier Milei acaba de firmar el decreto que da inicio al proceso de privatización total de la empresa Belgrano Cargas y Logística S.A. El Estado dejará de ser operador de los servicios ferroviarios de carga y de toda su infraestructura: material rodante, vías, talleres e inmuebles", remarca el mensaje del mandatario.
Según el Ministerio de Economía, Belgrano Cargas recibió transferencias del Gobierno equivalentes a $45.900 millones, hasta el tercer trimestre del año pasado, fecha de corte de los últimos datos oficiales. Así logró revertir los números rojos y alcanzó un superávit financiero de $4.381 millones.
Según aclara el decreto, el Ministerio de Economía , con la asistencia de la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “Agencia de transformación de empresas públicas", adoptará las medidas necesarias para dar cumplimiento a lo previsto que abarca:
+La concesión de las vías de las Líneas GENERAL BELGRANO, GENERAL SAN MARTÍN y GENERAL URQUIZA y sus inmuebles aledaños, propiedad del ESTADO NACIONAL bajo administración de BELGRANO CARGAS Y LOGÍSTICA SOCIEDAD ANÓNIMA, mediante procedimientos de licitación pública de alcance nacional e internacional
+La concesión de las vías de las Líneas GENERAL BELGRANO, GENERAL SAN MARTÍN y GENERAL URQUIZA y sus inmuebles aledaños, propiedad del ESTADO NACIONAL bajo administración de BELGRANO CARGAS Y LOGÍSTICA SOCIEDAD ANÓNIMA, mediante procedimientos de licitación pública de alcance nacional e internacional, en los términos de la Ley N° 17.520 y sus modificatorias;
+La concesión de uso de los talleres de las Líneas GENERAL BELGRANO, GENERAL SAN MARTÍN y GENERAL URQUIZA mediante procedimientos de licitación pública de alcance nacional e internacional; y
+La disolución y posterior liquidación de BELGRANO CARGAS Y LOGÍSTICA SOCIEDAD ANÓNIMA, una vez adjudicados y perfeccionados los contratos referidos en los incisos b. y c.
Será el Ministerio de Economía quien en su carácter de Autoridad de Aplicación, dictará las normas operativas y complementarias que resulten necesarias para dar cumplimiento a las disposiciones previstas en el presente decreto, con la asistencia Agencia de transformación de empresas públicas.