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Argentina modifica régimen de importación para grandes proyectos de inversión
MINING PRESS/ENERNEWS
11/07/2025

 

 

A través de la Resolución  938/2025, el Ministerio de Economía introdujo modificaciones significativas a la Resolución 256/2000, que regula el Régimen de Importación de Bienes Integrantes de Grandes Proyectos de Inversión. Las reformas, impulsadas para fortalecer el comercio exterior y fomentar la competitividad industrial, buscan optimizar los incentivos para la inversión productiva.

Inclusión del Sector Energético y Simplificación de Requisitos

Una de las modificaciones más relevantes es la inclusión de los proyectos destinados a la generación de energía eléctrica dentro del ámbito del régimen. Esta expansión responde a la necesidad de inversión en el sector energético del país y a las tendencias internacionales.

Además, la normativa simplifica y redefine la exigencia de inversión local. Las empresas que soliciten el beneficio deberán adquirir bienes nuevos de origen local por un monto equivalente o superior al 10% del valor FOB total de los bienes nuevos importados bajo el régimen. Esta medida busca facilitar la presentación de solicitudes y la certificación de inversiones.

Modificaciones en Plazos y Obligaciones

La resolución también ajusta los plazos y condiciones para la posesión de los bienes importados y nacionales nuevos. A partir de ahora, la posesión de los bienes relacionados con el proyecto deberá mantenerse hasta 12 meses después de la puesta en marcha, o hasta la emisión de la comunicación oficial para la liberación o ejecución de las garantías, lo que ocurra primero.

Asimismo, se ha prorrogado el plazo para la rendición de cuentas de proyectos pendientes de cierre iniciados antes del 18 de diciembre de 2024, estableciendo la fecha límite para su presentación en el 31 de diciembre de 2026.

La normativa establece que la Autoridad de Aplicación considerará incumplidas las obligaciones del régimen en caso de falta de presentación de rendiciones de cuentas, diferencias en las cantidades importadas, o no cumplimiento de los requisitos establecidos, lo que podría derivar en la ejecución total de las garantías oportunamente constituidas.

 


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*La información y las opiniones aquí publicados no reflejan necesariamente la línea editorial de Mining Press y EnerNews

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