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POLÍTICA
Argentina eliminó derechos de exportación al acero, aluminio y sus derivados hasta fin de año
MINING PRESS

La medida es transitoria hasta fines del 2025

09/10/2025

 

Mediante el Decreto N° 726, el Poder Ejecutivo redujo al 0% los derechos de exportación para el aluminio, el acero y sus derivados hasta finales de 2025. La medida aplica exclusivamente a países que imponen aranceles proteccionistas superiores al 45% a las exportaciones argentinas.

El Gobierno Nacional formalizó la implementación de una medida de estímulo a la actividad industrial y el comercio exterior, reduciendo a 0% las alícuotas de derechos de exportación (D.E.) para el acero, el aluminio y sus productos derivados. La decisión, plasmada en el Decreto N° 726/2025, busca contrarrestar las prácticas proteccionistas de terceros países que afectan la competitividad argentina.

La medida entra en vigor a partir del 9 de octubre de 2025 y se aplicará hasta el 31 de diciembre de 2025, o hasta que los países destinatarios formalicen una reducción de sus aranceles.

 

 

Según lo establecido en el considerando del decreto, la decisión surge como respuesta a las "prácticas de diversos países que, mediante la aplicación de aranceles de importación ad valorem de magnitud significativa, tienden a restringir el acceso" de productos estratégicos argentinos.

Históricamente, la alícuota del Derecho de Exportación aplicada a estas mercaderías era, en su mayoría, del 3%. Al reducirla a cero, el Gobierno busca mitigar los efectos adversos de los altos aranceles (iguales o superiores al 45%) impuestos por otros mercados.

 

 

Argentina cuenta con capacidades productivas relevantes en los sectores de aluminio y acero, industrias que son consideradas estratégicas por su capacidad de generar volumen de exportaciones, empleo calificado y alto valor agregado en la estructura industrial del país.

El Decreto N° 726 especifica que la reducción al 0% aplica exclusivamente a las operaciones de exportación cuyo destino sean países que:

+ Impongan un arancel de importación ad valorem igual o superior al CUARENTA Y CINCO POR CIENTO (45%) a las mercaderías en cuestión.

+ Las mercaderías deben estar incluidas en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur (N.C.M.) detalladas en el anexo de la norma (que incluye diversas posiciones de los capítulos 72, 73 y 76).

La Secretaría de Coordinación de Producción del Ministerio de Economía será la encargada de dictar las normas complementarias necesarias e informar a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) la nómina exacta de países a los que aplicará este beneficio.

La medida se alinea con el objetivo de fortalecer la capacidad exportadora del país, dotando de una mayor competitividad a sectores industriales clave y promoviendo una mayor apertura comercial, tal como lo establece el texto oficial.


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*La información y las opiniones aquí publicados no reflejan necesariamente la línea editorial de Mining Press y EnerNews

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