Mediante un Decreto Supremo del MINAM, la entidad absorberá las competencias de revisión y aprobación de los Estudios de Impacto Ambiental detallados.
El andamiaje regulatorio y los mecanismos de fiscalización de los Instrumentos de Gestión Ambiental en el Perú avanzan hacia un modelo de ventanilla única centralizada para proyectos de gran envergadura.
A través del Decreto Supremo N.° 009-2026-MINAM, promulgado por el Ministerio del Ambiente, se dispuso la transferencia formal de las funciones de revisión, evaluación y aprobación de los Estudios de Impacto Ambiental detallados (EIA-d) de seis nuevos subsectores estratégicos —Comunicaciones, Salud, Defensa, Cultura, Justicia y Educación— a la órbita exclusiva del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (Senace). El cronograma estipula que el traspaso definitivo de competencias gubernamentales deberá consumarse en un período estricto de cuarenta y cinco (45) días hábiles.
La reconfiguración de las competencias del organismo técnico se alinea de forma directa con los parámetros y recomendaciones analíticas de gestión formuladas por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) en el contexto del proceso de adhesión de la República del Perú. Las directrices de la entidad internacional exigen robustecer de manera sistémica la independencia del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, asegurando de forma taxativa que las actividades industriales y de infraestructura pesada que presenten un mayor nivel de riesgo técnico e impacto geográfico se sometan a auditorías y evaluaciones de ingeniería especializadas, autónomas y desvinculadas de criterios sectoriales tradicionales.
De conformidad con el texto de la norma legal, el espectro de fiscalización del Senace comprenderá no solo la ratificación de los EIA-d originales, sino también la resolución de sus respectivas Modificaciones (MEIA) bajo cualquier formato, las actualizaciones periódicas, las solicitudes de clasificación arancelaria y de riesgo, la validación de los Términos de Referencia (TdR) y los Planes de Participación Ciudadana (PPC). En el plano del control de proveedores corporativos B2B, la entidad asumirá de igual modo el monopolio en la administración y fiscalización del registro de corporaciones autorizadas para confeccionar estudios de ingeniería ambiental, incorporando dichos padrones al Registro Nacional de Consultoras Ambientales y al Registro Administrativo de Certificaciones del Senace.
Al respecto, la conducción del ente regulador ponderó la unificación del criterio de permisología como un vector de estabilidad para los flujos de inversión fija (Capex). La presidenta ejecutiva del Senace, Silvia Cuba, precisó formalmente el alcance de la norma: “La transferencia consolida al Senace como autoridad técnica especializada del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, y su rol en el impulso del desarrollo sostenible en sectores estratégicos en beneficio del crecimiento económico con protección del ambiente, respeto a los entornos y a los ciudadanos”.