El encuentro define el inicio de una etapa de facilitación fronteriza y servicios compartidos en la cordillera.
El establecimiento de pautas de coordinación para el uso compartido de infraestructuras andinas, la exención de restricciones de propiedad por razones de nacionalidad y el diseño de áreas con controles aduaneros unificados sumaron un hito institucional en el Cono Sur.
Los subsecretarios de Minería y de Relaciones Exteriores de Chile, Álvaro González y Patricio Torres, respectivamente, participaron en Buenos Aires de la XIX Reunión Ordinaria de la Comisión Administradora del Tratado de Integración y Complementación Minera Argentino-Chilena. La sesión constituyó la primera reunión de este mecanismo bilateral bajo la administración del presidente José Antonio Kast. Por el sector gubernamental argentino, la mesa de negociaciones técnicas contó con la representación del secretario de Minería, Luis Lucero, y del director de Integración Económica Latinoamericana y el Caribe, Marcos Stancanelli.
El documento base del Tratado opera como el marco jurídico que regula el negocio minero dentro de una zona delimitada por coordenadas geográficas precisas que excluyen los espacios marítimos, bordes costeros y territorios insulares. Su articulado establece que las prohibiciones y restricciones vigentes en las leyes de cada país referidas a la adquisición de la propiedad, posesión o tenencia de bienes raíces o derechos mineros por la condición de ser extranjero no serán aplicables a los negocios mineros validados bajo este acuerdo. El texto norma además que las servidumbres y derechos contemplados en favor de las concesiones y plantas de beneficio, fundición o refinación en una de las naciones se extenderán hacia el territorio de la otra parte.
Con respecto al cambio de modelo hacia un sistema de operaciones conjuntas y las metas de captación económica de los proyectos en la cordillera, el subsecretario de Minería de Chile, Álvaro González, argumentó que las actividades fronterizas ganarán en eficiencia y reducción de costos al aprovechar sinergias de ambos países para elevar la oferta de minerales críticos. La autoridad manifestó: “A tres meses de asumido el gobierno, esta Comisión Administradora se reactiva y nos propone el desafío país de capturar parte del valor económico que generará esta alianza. La próxima etapa de la integración minera debe evolucionar hacia un modelo de integración productiva, donde ambos países compartan infraestructura, proveedores, capacidades tecnológicas y creación de valor. El éxito del tratado no se medirá por la cantidad de proyectos que crucen la cordillera, sino por la capacidad de Chile para transformar una cartera superior a US$20.700 millones en más inversión, más empleo, más innovación y más oportunidades para las regiones”.
En el plano aduanero y fiscal, el Tratado determina que el movimiento de bienes e insumos mecánicos procedentes de fuera del Área de Operaciones que se realice dentro de los límites fijados por cada Protocolo Adicional Específico no constituirá importación, exportación, ni admisión o salida temporal, permitiendo la libre circulación de cargas de capital sin el pago de derechos, aranceles o gravámenes impositivos de aduana, siempre que su ingreso y salida se complete por el mismo territorio nacional. Asimismo, las rentas generadas por las ventas o exportaciones de los minerales extraídos pertenecerán y serán sometidas a la imposición tributaria exclusiva de la Parte donde se sitúe el yacimiento de origen, aun cuando el material se encuentre físicamente en el territorio vecino para su procesamiento técnico en plantas de beneficio o fundición. Los contratistas, subcontratistas y personal dependiente que presten servicios dentro del Área de Operaciones quedarán sujetos de forma única al régimen tributario de la nación en la que se domicilie el contratante o el país donde fue celebrado el contrato laboral, de manera independiente a sus movimientos físicos cotidianos a través de la frontera.