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MARCO REGULATORIO
Perú modifica el reglamento ambiental para optimizar la exploración minera
MINING PRESS

La norma busca acortar los plazos de evaluación procedimental manteniendo los estándares ambientales.

21/07/2026

El Ministerio de Energía y Minas (MINEM) informó la aprobación y publicación del Decreto Supremo N° 014-2026-EM, dispositivo legal que modifica el Reglamento de Protección Ambiental para las Actividades de Exploración Minera (aprobado originalmente mediante el Decreto Supremo N° 042-2017-EM), con el propósito de optimizar los procedimientos administrativos sin alterar las exigencias de protección vigentes en el sector.

La modificación central del texto normativo amplía de 40 a 60 el número límite de plataformas de exploración minera que pueden ser tramitadas a través de una Declaración de Impacto Ambiental (DIA). Bajo este instrumento, el plazo regulatorio fijado para la evaluación técnica por parte de la autoridad competente se establece en 30 días hábiles. Previo a la entrada en vigencia del nuevo decreto, los proyectos cuya ingeniería contemplaba más de 40 plataformas estaban obligados a tramitar un Estudio de Impacto Ambiental semidetallado (EIA-sd), procedimiento cuyo plazo legal ascendía a 90 días hábiles.

Adicionalmente, el Decreto Supremo N° 014-2026-EM regula los plazos de respuesta de las autoridades y de los administrados, evita la duplicidad de observaciones formuladas por distintas entidades opinantes e introduce esquemas de asistencia técnica para facilitar el levantamiento de requerimientos. Asimismo, la norma habilita a la entidad evaluadora a notificar al titular minero con el pliego de observaciones elaborado, aun en escenarios donde una entidad opinante presente demoras en la emisión de su informe técnico, procedimiento que bajo el marco anterior quedaba en estado de suspensión temporal. Respecto al alcance de las reformas y el mantenimiento de las exigencias de preservación, el ministro de Energía y Minas, Waldir Ayasta Mechán, manifestó: "Esta norma no significa ceder terreno en materia ambiental; los estándares de protección se mantienen intactos. Lo que hacemos es ordenar y agilizar el procedimiento, para que el país pueda contar con más proyectos de exploración, más inversión y más empleo".

El instrumento legal cuenta con el refrendo del ministro de Energía y Minas y de la ministra del Ambiente, junto a la firma del presidente de la República, buscando dotar de seguridad jurídica a la cartera de proyectos de prospección.

 


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*La información y las opiniones aquí publicados no reflejan necesariamente la línea editorial de Mining Press y EnerNews

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