La Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR) confirmó tarifas del 10% o del 12,5% para 60 socios comerciales —entre ellos Argentina— que no lograron implementar o hacer cumplir efectivamente una prohibición de importación de productos fabricados con trabajo forzoso. La medida abarca el 99,4% de las importaciones estadounidenses.
El representante comercial de Estados Unidos, Jamieson Greer, formalizó este 23 de julio la acción bajo la Sección 301 de la Ley de Comercio de 1974, tras un proceso de investigación que incluyó dos rondas de audiencias públicas, más de 2.100 comentarios públicos y consultas con los socios comerciales del país.
El origen de la investigación
El proceso se había iniciado el 12 de marzo de 2026, por instrucción directa del presidente Donald Trump, cuando el Representante Comercial de Estados Unidos abrió 60 investigaciones sobre la falta de aplicación de prohibiciones de importación de bienes producidos con trabajo forzoso. El 2 de junio de 2026, la USTR determinó que esas prácticas eran irrazonables y restringían el comercio estadounidense, habilitando así la respuesta arancelaria bajo la Sección 301(b).
Quiénes pagan 10% y quiénes 12,5%
La USTR estableció tres niveles de tarifas, según el estado de cumplimiento de cada economía:
10% de arancel — para países que ya prohíben las importaciones de bienes con trabajo forzoso, se comprometieron a hacerlo mediante un Acuerdo de Comercio Recíproco, o aplican un régimen parcial que impide el ingreso de ciertos bienes de ese origen. Este grupo incluye a Argentina, Bangladesh, Camboya, Canadá, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, India, Indonesia, Jordania, Malasia, México, Pakistán, Sri Lanka, Trinidad y Tobago, y el Reino Unido.
10% o 12,5%, neto de la tasa de Nación Más Favorecida (MFN) — para ciertos productos de la Unión Europea, Taiwán, Japón, Corea del Sur y Suiza que no cuenten con exención específica, según el detalle técnico del Federal Register.
12,5% de arancel — para el resto de las 60 economías investigadas que no cumplieron ninguna de las condiciones anteriores. El comunicado oficial no individualiza a estos países fuera de los 22 ya mencionados.
Qué productos quedan exentos (y cuáles no)
A diferencia de los aranceles recíprocos previos, esta medida no lista productos específicos por país, sino que aplica de forma amplia sobre la mayoría de las importaciones de los países alcanzados. Quedan fuera de la medida:
Materiales informativos, donaciones y equipaje acompañado.
Todos los artículos ya alcanzados por los aranceles de la Sección 232.
Ciertos productos exentos por categoría, entre ellos: materias primas cuya restricción podría afectar el abastecimiento doméstico; productos que podrían causar disrupciones a nivel de toda la economía; bienes que no pueden cultivarse o producirse en cantidad suficiente en Estados Unidos u obtenerse de otras fuentes; ciertos productos de Argentina, Bangladesh, Camboya, Ecuador, El Salvador, la Unión Europea, Guatemala, Indonesia, Jordania, Malasia, Suiza, Taiwán o el Reino Unido que busquen incentivar el cumplimiento; y artículos cuya tarifa no contribuiría sustancialmente a corregir las prácticas investigadas.
La lista completa y detallada de exenciones por línea arancelaria figura en la notificación al Federal Register, según indicó la propia USTR.
"Décadas de persuasión moral no lograron erradicar el trabajo forzoso de las cadenas de suministro globales. Estados Unidos tiene una prohibición de importación por trabajo forzoso desde hace casi un siglo, y la aplica rigurosamente; ya es hora de que nuestros socios comerciales hagan lo mismo", afirmó el embajador Greer, quien remarcó que la medida busca corregir tanto una violación de derechos humanos como una práctica comercial distorsiva.
Antecedentes: cómo se llegó a esta decisión
Entre el 28 y el 29 de abril de 2026, la USTR y el Comité de la Sección 301 realizaron audiencias públicas sobre las investigaciones, y también mantuvo consultas con más de 45 gobiernos de las economías investigadas.
Tras la determinación de junio, la USTR invitó a comentarios públicos sobre la acción propuesta hasta el 6 de julio, y recibió más de 1.600 comentarios escritos.
Entre el 7 y el 9 de julio se realizaron nuevas audiencias públicas, en las que más de 100 testigos brindaron testimonio.
El caso Argentina
Argentina quedó ubicada en el grupo de menor arancel (10%), junto con socios como Canadá, México, India, Indonesia y el Reino Unido, entre otros. Esto sugiere que el país ya cuenta —o se comprometió a implementar, en el marco de un Acuerdo de Comercio Recíproco— con algún tipo de prohibición o régimen parcial contra la importación de bienes producidos con trabajo forzoso.