El Ministerio de Economía aprobó la adhesión al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones del proyecto "Sal de Oro II", una planta de carbonato de litio de 23.000 toneladas anuales
El Ministerio de Economía, a través de la Resolución 1157/2026 firmada por Luis Caputo, aprobó la adhesión al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) del proyecto "Sal de Oro II", presentado por Posco Argentina SAU SDE (sucursal dedicada especial de la surcoreana Posco Argentina SAU). Se trata de una planta para la producción de carbonato de litio (Li2CO3) con una capacidad operativa aproximada de 23.000 toneladas anuales, íntegramente destinada a exportación.
El proyecto se ubica en el Salar del Hombre Muerto, en una zona limítrofe disputada entre las provincias de Salta y Catamarca, amparada por el "Acuerdo Marco de Facilitación y Fomento Minero" que ambas jurisdicciones suscribieron en mayo de 2021 para promover conjuntamente el desarrollo de los recursos mineros de la región.
Un segundo intento tras el desistimiento de "Sal de Oro"
La aprobación llega después de un antecedente directo: el 30 de octubre de 2024, Posco Argentina SAU había presentado una solicitud RIGI para un proyecto denominado simplemente "Sal de Oro", que fue desistida por la propia compañía el 17 de noviembre de 2025. Poco después, el 15 de noviembre de 2025, la firma volvió a presentarse ante la Secretaría de Coordinación de Energía y Minería, esta vez a través de su sucursal dedicada especial POSCO SDE, con el proyecto rebautizado "Sal de Oro II".
El proceso técnico incluyó pedidos de información complementaria por parte de la Dirección Nacional de Inversiones Mineras, la intervención de la Procuración del Tesoro de la Nación respecto a los mecanismos de resolución de disputas, y una consulta al Banco Central, que concluyó que no tenía observaciones que formular sobre los aspectos cambiarios del proyecto.
El monto declarado supera el mínimo de inversión exigido para el sector minero por la reglamentación del RIGI, y el cronograma comprometido para los dos primeros años —US$ 98 millones— excede el 40% del monto mínimo que exige la normativa. La compañía también informó que el proyecto contempla un plan de desarrollo de proveedores en el que el 21,02% del total de la inversión destinada a pagos de proveedores, bienes y obras de infraestructura corresponderá a proveedores locales, por encima del piso del 20% fijado por la reglamentación.
Proceso productivo y plazos
Según la documentación presentada, la planta obtendrá el carbonato de litio mediante el proceso convencional de concentración en pozos de evaporación solar, seguido de un tratamiento químico de la salmuera con óxido de calcio (cal viva). POSCO SDE había declarado el inicio de la etapa de construcción para el 10 de julio de 2024 y el arranque de operaciones para el 1° de julio de 2026.
La resolución fija el 12 de junio de 2026 como fecha de adhesión al RIGI —momento en que la compañía completó la presentación de toda la información requerida— y establece el 31 de julio de 2029 como fecha límite para que POSCO SDE acredite el cumplimiento del monto de inversión mínima en activos computables.
Beneficios aprobados y resolución de disputas
Entre los beneficios otorgados, la resolución aprueba el listado de mercaderías que la compañía podrá importar bajo la franquicia del artículo 190 de la ley 27.742, identificadas como bienes de capital (BK) o de informática y telecomunicaciones (BIT). Asimismo, se aceptó la manifestación de POSCO SDE de resolver eventuales disputas a través de los mecanismos previstos en la ley, incluido el Panel RIGI, lo que la Procuración del Tesoro interpretó como aceptación expresa de ese esquema de resolución de controversias.
La norma también instruye a la Unidad de Coordinación RIGI a inscribir al vehículo de proyecto único en el Registro correspondiente, encomienda a la Secretaría de Minería la fiscalización del cumplimiento de la ley, y dispone que ARCA genere una CUIT especial para la aplicación de los incentivos tributarios y aduaneros del régimen.