La Secretaría de Asuntos Nucleares, dependiente del Ministerio de Economía, publicó el documento "Lineamientos de la Política Nuclear Argentina 2026", que en su capítulo VI condensa los seis principios que a partir de ahora deberán validar toda decisión sectorial. El texto no es un plan de obras ni un cronograma de inversiones: es, según se aclara desde el arranque, el marco doctrinario bajo el cual se diseñarán, evaluarán y eventualmente discontinuarán los proyectos del sector.
La factibilidad técnica ya no alcanza
El primer principio establece que la validación de cualquier proyecto nuclear se ejercerá sobre criterios comerciales, y que la factibilidad técnica es condición necesaria pero no suficiente. El documento es categórico: un proyecto que puede hacerse pero no encuentra comprador "no debe entenderse como éxito incompleto sino como costo en sentido económico estricto".
Autonomía que se mide en resultados, no en discursos
El segundo principio apunta directo a una tradición retórica del sector: la "autonomía nuclear" dejó de acreditarse por declaración pública y pasa a medirse por entrega efectiva —instalaciones que funcionan, productos que se exportan, servicios prestados a contraparte verificable—. El texto lo llama "retórica de sustitución" cuando la autonomía proclamada no se traduce en capacidades operativas, y sentencia: "Argentina dejó de necesitar esa retórica en el momento en que adquirió capacidad técnica real."
La continuidad sin resultados es inercia
El tercer principio redefine qué significa sostener un proyecto en el tiempo. Sostener no es, por sí mismo, seriedad institucional: bajo ciertas condiciones, sostener un proyecto sin producto final durante años "indica precisamente lo opuesto", dice el documento, que además advierte contra la lectura tradicional según la cual reducir el alcance de un proyecto equivale a "traición a una causa superior".
Investigación sí, pero subsidiaria a la producción
El cuarto principio ubica a la investigación científica como componente legítimo y necesario del sistema, pero subsidiario de la finalidad productiva y exportadora del sector. La ciencia básica y aplicada de nivel internacional que produce el sistema nuclear argentino sigue teniendo lugar, aclara el texto, pero su jerarquía presupuestaria se evaluará según su contribución —directa o indirecta— a esa finalidad.
El sector privado, socio y no amenaza
El quinto principio despeja cualquier ambigüedad sobre el rol privado: el Estado conserva en exclusiva la rectoría, el marco regulatorio independiente, las garantías soberanas y la seguridad nuclear, pero todo lo demás "admite, y en muchos casos requiere" la participación de capital y gestión privada. El documento cita como antecedente al modelo de CONUAR S.A. —capital mayoritariamente privado con participación minoritaria de CNEA— como referencia para la convergencia del resto de las empresas del sector.
Disciplina fiscal sin excepciones
El sexto y último principio cierra el capítulo con una definición de peso: la importancia estratégica del sector "eleva el estándar de exigencia" en la asignación de recursos, no lo relaja. Y remata: "Un sector cuya viabilidad requiera la relajación de la disciplina fiscal general del país constituye, por definición, un sector que no ha encontrado su modelo de sustentabilidad económica."