El proyecto permitirá a la provincia sustituir el 75% de las importaciones de sulfato utilizadas en la vitivinicultura.
La Cámara de Diputados de Mendoza convirtió en Ley la ratificación de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del proyecto de óxido de cobre San Romeleo, ubicado en el departamento de Malargüe.
La sanción legislativa -alcanzada por una holgada mayoría de votos tras haber obtenido previamente el respaldo unánime en la Cámara de Senadores- otorga el marco regulatorio para la reactivación de este yacimiento estratégico para la matriz productiva provincial.
El proyecto corresponde a la firma LABSA S.A. y es operado por AREX MINING S.A., entidad que solicitó la autorización para poner en valor la mina y desarrollar una planta de beneficio proyectada para superar una capacidad de 80.000 toneladas anuales, encuadrada bajo la etapa V del Decreto N.º 820/06.
La relevancia económica de San Romeleo radica en su impacto sobre la cadena agroindustrial: el mineral extraído se procesará para obtener óxido de cobre, insumo base en la elaboración de sulfato de cobre y fungicidas de amplio uso en la agricultura local, especialmente en la vitivinicultura y el cultivo de frutales. Según se destacó durante el debate legislativo, la puesta en marcha de esta cantera permitirá a Mendoza sustituir hasta el 75% de las importaciones de sulfato que actualmente requiere el sector agrícola nacional.
Evaluación interdisciplinaria, Ley 7722 y garantías hídricas
El proceso de evaluación ambiental incluyó el análisis de la Comisión Evaluadora Interdisciplinaria Ambiental Minera (CEIAM) -integrada por el CONICET Mendoza, la Universidad Nacional de Cuyo, la UTN, el INTA y el Departamento General de Irrigación-, así como instancias de participación ciudadana compuestas por tres talleres y una audiencia pública con 75 oradores. Asimismo, informes del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) confirmaron que la iniciativa no presenta superposiciones territoriales con comunidades registradas.
A fin de cumplir de forma estricta con los preceptos de la Ley 7722, la norma establece rigurosos condicionantes operativos previa al inicio de actividades:
+ Recurso hídrico e impermeabilización: Aprobación del balance hídrico por parte de Irrigación, instalación de sistemas de aforo continuo y telemedición, y pruebas de estanqueidad en piletas y escombreras.
+ Garantías y fiscalización: Contratación previa de un seguro de recomposición ambiental, acreditación de línea de base, medición obligatoria de huella de carbono y controles periódicos a cargo de la Policía Ambiental Minera.
+ Monitoreo bianual: Actualización de los estudios de impacto ambiental cada dos años y seguimiento continuo durante las fases de operación, cierre y post cierre.
Desde los bloques legislativos que acompañaron la sanción subrayaron que este paso consolida un modelo de gestión donde la minería responsable y la sostenibilidad agrícola se complementan para generar valor agregado regional, empleos de calidad y dinamismo económico en el sur mendocino.
"Mendoza tiene la oportunidad de diversificar su matriz productiva sin perder de vista las actividades que forman parte de nuestra identidad. La minería y la agricultura pueden complementarse, generar valor agregado y abrir nuevas oportunidades. No hay una contradicción entre minería y sostenibilidad cuando existen reglas claras y controles", remarcaron tras la aprobación de la Declaración de Impacto Ambiental.