La Justicia Federal de primera instancia de Catamarca desestimó la denuncia por daños y perjuicios contra Minera Alumbrera, iniciada por supuesta afectación ambiental en la zona del río Vis Vis, basándose en dos pericias técnicas que desestiman la existencia de perturbaciones ambientales causadas por la actividad de la empresa.
Según la sentencia, en el marco de la causa Nº 348/03, una de las pericias determina que tanto para sedimentos de corriente, aluviones de crecida, suelo, y aguas naturales de las cuencas superiores, media e inferior del río Vis Vis, no se reconocen existencias de perturbaciones en los contenidos naturales de los constituyentes que sean atribuibles a impactos del complejo minero Bajo de la Alumbrera.
Desde la empresa, mediante un comunicado de prensa se sostiene que esta comprobación científica no hace más que ratificar los resultados de todos los análisis que periódicamente son llevados a cabo tanto por Minera Alumbrera como por las autoridades correspondientes desde el inicio de la operación.
Y en ese aspecto consideran que por consiguiente, la Justicia Federal ha podido corroborar, una vez más, mediante pericias técnicas fundadas, el cumplimiento ambiental de Minera Alumbrera, que opera bajo los parámetros ambientales más estrictos a nivel nacional e internacional. Esta actuación reafirma también el manejo responsable y sustentable de su explotación como eje de su política empresaria.
Decisión
Por otra parte, a partir de esta sentencia favorable los representantes de la empresa indican que “en Minera Alumbrera estamos comprometidos a mitigar los impactos ambientales de nuestras actividades y nos hemos fijado exigentes metas para lograrlo. Trabajamos en el marco del desarrollo sostenible y nos enfocamos en el uso eficiente de los recursos naturales, en la rehabilitación del suelo y en la disminución de desechos”.
Asimismo, puntualizan que están abocados al cuidado del medio ambiente y protegen con responsabilidad el entorno del yacimiento y de las comunidades que habitan las zonas próximas, el mismo espacio en el que vive la mayoría de los empleados de la mina con sus familias.
Minera Alumbrera es operada por el grupo minero diversificado Xstrata, que posee el 50% de la inversión, mientras que las empresas canadienses Goldcorp y Yamana Gold cuentan con el 37,5% y el 12,5% respectivamente. La inversión en infraestructura del emprendimiento desde su puesta en marcha hasta la fecha ha sido de US$ 1.663 millones.
Las instalaciones de Minera Alumbrera están compuestas por el yacimiento a cielo abierto y la planta de procesamiento situada en la mina (Catamarca), un mineraloducto de 317 km que atraviesa las provincias de Catamarca y Tucumán, un electroducto de 202 km desde la subestación El Bracho en Tucumán para el transporte de energía de 220 kv, la planta de filtros y las instalaciones de carga ferroviaria situadas en Cruz del Norte (provincia de Tucumán) y el puerto y las instalaciones de transferencia de carga ubicadas en Puerto General San Martín, en las inmediaciones de Rosario (provincia de Santa Fe).
La Justicia Federal falló a favor de Alumbrera
El Ancasti
La Justicia Federal rechazó la demanda por daños y perjuicios iniciada contra Minera Alumbrera por la familia Flores, de Belén, por la supuesta afectación ambiental en la zona del río Vis Vi.
La sentencia se basó en dos pericias técnicas que desestiman la existencia de perturbaciones ambientales causadas por la actividad de la firma minera, que explota el yacimiento Bajo La Alumbrera.
Según el fallo, una de las pericias determina que en los sedimentos de corriente, aluviones de crecida, suelo y aguas naturales de las cuencas superior, media e inferior del río Vis Vis no se reconocen existencias de perturbaciones en los contenidos naturales de los constituyentes que sean atribuibles a impactos del complejo minero Bajo de La Alumbrera.
Tras el fallo, la empresa destacó el trabajo que realizan en analizar el impacto ambiental de las exploraciones. Y aseguró que opera bajo "los parámetros ambientales más estrictos a nivel nacional e internacional".
La demanda
La familia Flores, que radicó la denuncia a principios de este año en contra de la empresa, fundamentó su presentación en que sus tareas productivas se veían afectadas por la supuesta contaminación del agua del río Vis Vis.
Según los demandantes, desde el dique de colas del yacimiento se filtraron químicos que tomaron contacto con el agua del río Vis Vis y la contaminaron.
De acuerdo con la denuncia, se vieron perjudicados en la comercialización de sus productos, ya que se arruinaron campos donde se producían cultivos para la venta y para consumo propio.
Además, aseguraron que se perjudicó el ganado, poniendo en riesgo la salud de los pobladores.
Las acusaciones fueron desestimadas por las pericias técnicas.
Fallo a favor de Minera Alumbrera
Los Andes
La Justicia Federal de primera instancia de Catamarca emitió un falló a favor de la empresa Minera Alumbrera en la causa por supuesta afectación ambiental en la zona del río Vis Vis, que nace en el límite de los departamentos de Andalgalá y Belén.
Fuentes empresarias indicaron que el fallo se dio en el marco de la causa 345/03, iniciada por pobladores de Andalgalá contra la compañía por aparentes perjuicios por daño ambiental en la zona del río.
La resolución está fundamentada en dos pericias técnicas que en principio desestimaron la existencia de "perturbaciones ambientales" causadas por la actividad de la mina que extrae cobre, oro y plata.
El fallo señala que una de las pericias determina que "tanto para sedimentos de corriente, aluviones de crecida, suelo y aguas naturales de las cuencas superiores, media e inferior del río Vis Vis, no se reconocen existencias de perturbaciones en los contenidos naturales de los constituyentes que sean atribuibles a impactos del complejo minero Bajo La Alumbrera".
El complejo de Minera Alumbrera está integrado por un yacimiento a cielo abierto y la planta de procesamiento situada en la mina de Catamarca, un mineraloducto de 317 kilómetro que atraviesa las provincias de Catamarca y Tucumán.
Cuenta con un electroducto de 202 kilómetros desde la subestación tucumana El Bracho para el transporte de energía, una planta de filtros y las instalaciones de carga ferroviaria situadas en Cruz del Norte, Tucumán.
En tanto, la justicia de Chilecito, La Rioja, ordenó ayer suspender el convenio que el gobierno riojano firmó con la empresa minera canadiense Osisko Mining Corporation hasta que se realice un inventario de glaciares en la región.
Fallo judicial: Minera Alumbrera no contamina el río Vis Vis en Catamarca
Contexto
En el marco de la causa Nª 348/03 por daños y perjuicios iniciada contra Minera Alumbrera por supuesta afectación ambiental en la zona del río Vis Vis, la Justicia Federal de primera instancia de Catamarca ha resuelto rechazar dicha acción, basándose en dos pericias técnicas que desestiman la existencia de perturbaciones ambientales causadas por la actividad de Minera Alumbrera.
Según la sentencia, una de las pericias determina que tanto para sedimentos de corriente, aluviones de crecida, suelo, y aguas naturales de las cuencas superior, media e inferior del río Vis Vis, no se reconocen existencias de perturbaciones en los contenidos naturales de los constituyentes que sean atribuibles a impactos del complejo minero Bajo de la Alumbrera.
La empresa señaló que "esta comprobación científica no hace más que ratificar los resultados de todos los análisis que periódicamente son llevados a cabo tanto por Minera Alumbrera como por las autoridades correspondientes desde el inicio de la operación".
"Por consiguiente, la Justicia Federal ha podido corroborar, una vez más, mediante pericias técnicas fundadas, el cumplimiento ambiental de Minera Alumbrera, la cual opera bajo los parámetros ambientales más estrictos a nivel nacional e internacional. Esta actuación reafirma también el manejo responsable y sustentable de su explotación como eje de su política empresaria", añadió la compañía.