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MEDIO AMBIENTE
Pulgar-Vidal: El Aporte por Regulación del OEFA ha sido establecido por Ley
17/09/2014
Mining Press

“El Aporte por Regulación APR) se otorga a entidades que realizan una función de fiscalización y regulación Social. En el caso del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) permite tener los recursos suficientes para garantizar el cumplimiento del marco ambiental y ha sido establecido claramente por ley”, señaló Manuel Pulgar-Vidal, Ministro del Ambiente.

Estas declaraciones fueron vertidas durante la presentación del libro “El Financiamiento de la Fiscalización Ambiental en el Perú” editado por el OEFA. Destacó que su publicación “establece un sustento, a través de expertos, sobre la idoneidad de la fiscalización ambiental y del APR como medio de sustento para su ejecución”.

Por su parte, Luz Orellana, secretaria general del OEFA, explicó que “el APR es razonable y proporcional, la alícuota es el 0.15 % de facturación anual de las empresas supervisadas para el OEFA”. 

“De enero a julio, a través del APR, el OEFA ha recaudado  31 millones de soles, en el mismo período ha realizado actividades de fiscalización que asciende a 30 millones de soles. Esto evidencia que lo que se percibe como APR es lo mismo que se gasta en la fiscalización”, agregó Orellana.   

Por su parte, Iván Lanegra, abogado especializado en política y derecho ambiental, manifestó que "el Aporte por Regulación del OEFA debe ser preservado para elevar estándares de fiscalización ambiental".

Asimismo, Delia Morales, directora de Supervisión del OEFA,  remarcó que "en lo que va del año el OEFA ha realizado 211 supervisiones en el sector minero. La fiscalización ambiental es una herramienta de solución de conflictos en una lógica preventiva".

A través de este libro, el OEFA busca explicar que el pago de este aporte  cumple con todas las exigencias constitucionales y legales. Hay que recordar que, en el año 2000, mediante la Ley Nº 27332 - Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos se creó el aporte por regulación con el propósito de financiar la función pública desarrollada por los organismos reguladores, entre estos, el entonces llamado Organismo Supervisor de la Inversión en Energía (Osinerg), que luego se convirtió en Osinergmin (Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería) debido a que se le transfirieron competencias de fiscalización del sector minero.

Al transferirse las funciones de fiscalización ambiental del Osinergmin al OEFA, se emitieron una serie de disposiciones legales (Leyes 29951, 30011 y 30115) reconociéndola como nuevo acreedor tributario de este aporte.

Cabe señala que a la fecha, las principales compañías mineras de Perú vienen presentando una serie de demandas judiciales para eliminar el APR.  Uno de ellos, ante la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi).

Puede leer el libro oline aquí: El financiamiento de la fiscalización ambiental en el Perú: el Aporte por Regulación que percibe el OEFA

Con el Aporte por Regulación, el OEFA garantiza seguir trabajando en beneficio de todos los peruano

OEFA

El Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) presentó el libro El financiamiento de la fiscalización ambiental en el Perú: el Aporte por Regulación que percibe el OEFA. Durante este evento, el ministro del Ambiente, Manuel Pulgar-Vidal resaltó la relevancia de dicho aporte.

“El Aporte por Regulación permite garantizar la idoneidad, objetividad y la continuidad del trabajo de evaluación, supervisión y fiscalización ambiental que realiza el OEFA en beneficio de todos los peruanos”, señaló Pulgar-Vidal.

Esta publicación representa una importante contribución al debate público en una coyuntura en la cual un grupo de empresas mineras ha interpuesto demandas y denuncias administrativas y judiciales con el fin de evitar el pago del APR.  La publicación recoge artículos de reconocidos especialistas, los cuales destacan que el APR cumple con los principios de legalidad, reserva de ley y no confiscatoriedad.   Actualmente,

“La mejor manera de debatir en el Perú es a partir de investigaciones académicas que recogen el fundamento de lo que debe constituir –en este caso específico– no solamente un derecho para ejercer bien las acciones que le corresponde a OEFA, sino una atribución legal que tiene el debido fundamento para ser garantizada a lo largo del tiempo”, señaló Pulgar-Vidal.

El libro El financiamiento de la fiscalización ambiental en el Perú: el Aporte por Regulación que percibe el OEFA presenta investigaciones de reconocidos expertos como Iván Lanegra Quispe, Roxana Barrantes Cáceres, Víctor García Toma, Richard Martin Tirado, Carlos Hakansson Nieto, Alberto Cairampoma Arroyo, Carlos Moreno Grández y Milagros Granados Mandujano.


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