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Aumentan habilitaciones aduaneras. El nuevo procedimiento de e-commerce
02/08/2016
MINING PRESS

Resolución General 3921

Cuadro Tarifario para las prestaciones que en carácter de Servicios Extraordinarios realice el personal de la Administración Federal de Ingresos Públicos.

Bs. As., 29/07/2016

VISTO la Resolución General N° 665, sus modificatorias y complementarias, las Disposiciones N° 273 (AFIP) del 11 de junio de 2013 y N° 184 (AFIP) del 15 de abril del 2015, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario modificar el Cuadro Tarifario, oportunamente aprobado por la Resolución General N° 3.791, para aplicación en los Servicios Extraordinarios que se cumplen en virtud del Artículo 773 del Código Aduanero.

Que han tomado la intervención que les compete, la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Operaciones Aduaneras Metropolitanas, de Operaciones Aduaneras del Interior, de Recursos Humanos y la Dirección General de Aduanas.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Artículos 4°, 6°, 7° y 9° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,
 

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase el nuevo Cuadro Tarifario para las prestaciones que en carácter de servicios extraordinarios realice el personal de la Administración Federal de Ingresos Públicos, el cual se consigna en el Anexo que forma parte de la presente.

ARTÍCULO 2° — La presente resolución general entrará en vigencia a partir del 1 de agosto de 2016.

ARTÍCULO 3° — Regístrese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y difúndase en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Cumplido, archívese. — Alberto Abad.

ANEXO - Retribuciones por Servicios Extraordinarios de Habilitación a cargo del usuario a partir del 1 de agosto de 2016

(*) Para la aplicación de los porcentajes por zona, deberán tenerse presente los especificados en el art. 161 del Convenio Colectivo de Trabajo (AFIP-SUPARA), para cada localidad.

Nota: Los valores y tarifas consignadas en este Anexo deben ser incrementadas con el recargo del 50% o 100% en los horarios que correspondan.

Viáticos: Se aplicarán los valores de acuerdo a la normativa vigente en la Adminstración Federal de Ingresos Públicos que en la actualidad rige por Disposición Nro. 424/14 (AFIP) fijados en $ 760,00 diarios, elevándose a $ 860,00 para las Provincias de Nuequen, Rio Negro, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego e Islas del Atlántico Sur; y Pasos Fronterizos a más de 4.000 metros de altura a $ 1.000.

 

 

CRONISTA

La Casa Rosada publicó un video práctico en el que muestran cómo es el procedimiento que el Ministerio de Producción y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) presentó la semana pasada para recibir envíos desde el exterior, para uso o consumo personal, posibilitando el retorno del sistema puerta a puerta.

“Es una medida que apunta a facilitar la vida cotidiana de los ciudadanos. Recordemos que algo tan sencillo como comprar un libro se había transformado en una verdadera odisea. Creemos que es lógico que en un mundo globalizado podamos recibir en nuestra casa algo que compramos a cualquier lugar del mundo y todo ello al tiempo que realizamos los controles aduaneros correspondientes. Control ya no es más sinónimo de trabas”, enfatizó el titular de la AFIP, Alberto Abad.

A su vez, el secretario de Comercion, Miguel Braun, comentó que “el nuevo sistema de envío puerta a puerta es un ejemplo cercano a los ciudadanos de la integración inteligente con el mundo, que es uno de los ejes para el desarrollo que promueve este gobierno. Las personas tienen la libertad de comprar en el mundo por un monto de dinero razonable, el Estado recauda casi la mitad de lo que se importa, se introduce competencia de manera muy medida y sostenida en el tiempo que favorece al consumidor y no descuida a la producción nacional”, egún confimó en su nota el Cronista.

Los ciudadanos podrán recibir envíos para consumo personal ingresándolos tanto por el Correo Argentino como por servicios de couriers.

Claves de los nuevos procedimientos

Libros, impresos y documentos serán liberados mediante la modalidad puerta a puerta sin la exigencia de confeccionar ningún tipo de declaración, cuando ingresen a través del Correo Oficial.

Trámites: Se elimina el formulario 4550 y la necesidad de realizar trámites presenciales para los envíos habilitados para el servicio puerta a puerta, eliminando un sistema que provocó incomodidad y que miles de paquetes quedaran abandonados.

Controles: para asegurar los controles de ingreso de productos y la trazabilidad de los mismos, se realizará una validación del receptor vía página web de AFIP, que se  deberá realizar luego de recibido el envío.

 




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