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PROYECTOS
Túnel Agua Negra: Las minas cercanas en Chile
18/08/2016

Al menos tres sociedades poseen concesiones mineras en área aledaña a futuro túnel internacional Agua Negra

MINING PRESS/Semanario Tiempo

La Empresa Nacional de Minería (Enami), Pan Pacific Copper Exp Chile –matriz del proyecto Caserones en Atacama- y la sociedad de asesorías de Negocios, AC Gestión, son las corporaciones privadas que mantiene inscritas concesiones mineras en las tierras aledañas al futuro proyecto binacional Túnel Agua Negra.

El paso internacional es uno de los priorizados por el Gobierno a lo largo del país y contempla una inversión cercana a los US$1.500 millones para la edificación de un corredor de 14 kilómetros que atravesará la cordillera, y unirá así físicamente a la Región de Coquimbo, en Chile, y la Provincia de San Juan, Argentina.

La investigación de Semanario Tiempo surge luego que en abril el Intendente de Coquimbo, Claudio Ibáñez, anunciara en abril la inyección de US$20 millones para actualizar el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto por el lado chileno, aunque en estricto rigor sólo existiría un estudio previo hecho por Argentina y no existiría ninguno elaborado según legislación chilena que haya sido encargado por el Ministerio de Obras Públicas.

La escasa regulación especial en la materia que cautele los derechos privados ante eventuales expropiaciones y los mecanismos de indemnización por el uso de servidumbres mineras aún sigue pendientes, no solo al área de perforación del túnel, sino a los paños anexos.

«Nosotros tenemos la información de las concesiones constituidas, pero pueden que existan otras que están en proceso, pero aún no tenemos esa información todavía», dice el director regional del Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin), Jorge Valenzuela.

Las materias de uso, tránsito, ocupación de servidumbres que requiera el proyecto debiesen fijarse en un Estudio de Impacto Ambiental. Junto a ello, regula además la compatibilidad de actividades en un territorio común, en este caso la explotación de recursos naturales y la construcción de un túnel para el flujo de transportes.

Solo el II Protocolo Complementario al Tratado de Maipú de Integración entre Chile y Argentina, promulgado en agosto del 2015, establece en su artículo 31, que  »si por necesidades del Proyecto, fuere necesario gravar en servidumbre un predio ubicado en el territorio de una Parte para facilitar actividades que tengan lugar en el territorio de la otra Parte, las Partes podrán acordar el establecimiento de servidumbres transfronterizas, con arreglo a sus respectivas legislaciones, criterio que «EBITAN (Entidad Binacional Agua Negra) podrá proponer modificaciones, de acuerdo a las necesidades del Proyecto».

Respecto a los propietarios, Sernageomin entregó un listado con dos concesiones de explotación cercanas a las coordenadas geográficas donde se emplazará al túnel, inscritas bajo el nombre de Guanizuil Negra 1/29 y Agua Negra 1/30, ambas de propiedad de AC Gestion.

Las restantes corresponden a licencias de exploración, inscritas por Pan Pacific Copper Exp Chile Ltda bajo el nombre de Gloria 1-A y Gloria 2-A, además de Agua negra 1 y Agua Negra 2, de propiedad de la estatal, todas encargadas para búsqueda de cobre, aunque sin fijar las cantidades del mineral, de acuerdo a las actas de geomensura.

OTROS PROYECTOS CERCANOS

Sin embargo, al consultar el registro público del servicio por internet da cuenta de otras sociedades que mantienen inscripciones en un radio menor a 18 kilómetros de boca túnel, entre las que destaca BHP Chile INC (matriz de Minera La Escondida) y Compañía Minera Salitrales Limitada (Barrick Gold).
Consultado al seremi regional del ramo, Igor Díaz, no fue posible acceder a una versión oficial. Sin embargo, Sernageomin confirmó que ha sido citado en dos oportunidades a reuniones con el GORE-MOP para tratar temas puntuales sobre propiedad minera existente en el sector.

Ante una eventual controversia entre las partes, puesto que la estructura está concebida como una obra clave del Mercosur, el académico e investigador minero, Claudio Canut de Bon, sostiene que existen peritos que determinan los valores en los juzgados civiles para establecer un valor «conveniente» entre ambas partes, aunque «siempre se alcanza acuerdo».

Expertos analizan las implicancias de concesiones mineras adyacentes

Fueron tres sociedades privadas que el Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin) estableció como propietarias de concesiones mineras en el área de influencia directa de la futura construcción del túnel binacional Agua Negra, más otras dos en un radio de influencia cercano y que eventualmente podrían tener limitaciones de explotación.

El proyecto, que debería licitarse a partir del próximo año, unirá en un corredor de 14 kilómetros a la Región de Coquimbo (Chile) y la provincia de San Juan (Argentina), cuyo costo de ejecución bordea los US$1.500 millones.

Mientras la Empresa Nacional de Minería (Enami) y Pan Pacific Cooper Exp. Chile cuenta con propiedades de exploración, AC Gestión posee dos concesiones de explotación -Guanizuil 1/29 y Agua Negra 1/30-, todas dentro del área colindante del megaproyecto fronterizo y que podrían ser causal de controversias entre privados y el Fisco.

El Gerente de la Consejo Regional Minero de Coquimbo (Corminco), Mauricio Gómez, sostiene que antes de comenzar obras, debe zanjarse inquietudes como la delimitación del área que se prohibirá la actividad minera, por la incompatibilidad entre la operación de un túnel y un proyecto de extracción de recursos naturales; el mecanismo de indemnización y quién cancelará el eventual perjuicio.

Ante ello, Aurelio Polanco, ingeniero de  la división de Propiedad Minera del Sernageomin, piensa que se debe distinguir entre concesiones de exploración y explotación, ya que mientras las primeras se otorgan por dos años, las segundas son conferidas a perpetuidad, siempre que el titular cancele la patente anual.

“En explotación es más complejo porque es una manifestación para poder explotar con una solicitud de mensura, es decir, un escrito con un plano. Es por toda la vida.”, indica.

El abogado y miembro de la Asociación Minera de La Serena, Sebastián Covarrubias, establece que todo proyecto de envergadura, en este caso el túnel, provoca impacto sobre los derechos mineros, lo que derivará en indemnizaciones o reparaciones por parte del titular, ya sea el Fisco de Chile o un concesionario de obra pública.

Añade que debe evaluarse también las “faenas existentes o que en un futuro cercano se instalen en el lugar”, como por ejemplo, restricciones de tronaduras cercanas a vías establecidas en el Reglamento de Seguridad Minera.  En ese sentido, continúa, la gestión territorial será relevante porque “obliga a los profesionales a actuar con anticipación a las etapas de evaluación, diseño, construcción y operación del túnel.

 

ENTRE LO PÚBLICO Y LO PRIVADO

Jaime Muñoz, abogado especialista en minería y miembro del directorio de Corminco, cuenta que ante un conflicto o un proceso indemnizatorio se debe considerar tanto los derechos de los propietarios mineros, pero además la utilidad pública del proyecto chileno-argentino.Al respecto, cabe recordar que el paso fronterizo está priorizado por ambos gobiernos y cuenta con una línea de financiamiento conferida por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID).

La existencia de sondajes, explica Muñoz, determina si en el paño de las pertenencias existen “recursos o reservas mineras”, esto es la presencia de minerales auditables y probados que puede determinar el daño efectivo al propietario minero. A juicio de Muñoz, la existencia de una concesión o un derecho de explotación, aunque cuente con los permisos respectivos, debe contar con tales reservas. De lo contrario, no existe perjuicio porque es una «mera expectativa”. “El punto va a estar dado si efectivamente existe un daño real porque la mera expectativa no constituye derecho”, subraya.

Respecto a eventuales expropiaciones, el ex consejero regional y ex miembro de la Entidad Binacional Agua Negra (EBITAN), Pablo Muñoz, el mecanismo contiene una evaluación de tasación de los minerales que el propietario de la concesión dejará de percibir, menos el costo de explotarlo.

“Los temas de subsuelo, cuando chocan con un una obra pública, eso se resuelve en un tribunal, y en este caso el Tribunal de Letras de Vicuña sería el competente para ver esa materia. Difícilmente, el Estado va a ser un proceso expropiatorio, antes de empezar obras”, concluye.


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*La información y las opiniones aquí publicados no reflejan necesariamente la línea editorial de Mining Press y EnerNews

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