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ACTUALIDAD
Tarifas argentinas: Cuál será el costo fiscal de la ley que las frena
11/05/2018

Tarifas: sin veto el costo de la ley será de u$s 6.000 M

ENERNEWS

La iniciativa votada cuestiona los ingresos de petroleras, generadoras, transportistas y distribuidoras, pero también eleva el gasto del Estado.

El proyecto de la oposición sobre tarifas terminó incluyendo el agua corriente, además del gas y la energía eléctrica. Esa inclusión surgió durante la sesión porque algunos legisladores cuestionaron que el Estado nacional a través de AySA garantiza en Capital Federal y Gran Buenos Aires tarifas inferiores a las del interior.

Según Ámbito, el proyecto con media sanción, el Estado nacional debería hacerse cargo de subsidiar a los que requieran tarifa social también por el servicio de agua en todo el país, lo que hasta ahora nunca ocurrió.

Esto pareció el resultado de sumar fuerzas políticas lo que permitió la votación pero también alejó el objetivo principal de algunos diputados, sobre todo del Frente Renovador, que cuestionaron el precio del gas y el mecanismo para fijarlo por el Ministerio de Energía, y la revisión integral de tarifas para transportistas y distribuidoras de ese producto y de la electricidad.

El ministro Juan José Aranguren cuestionó ayer la iniciativa y dijo que tendría un costo fiscal de u$s 6.000 millones.

La cifra corresponde aparentemente a los subsidios a la energía que el Estado nacional pagó el año pasado. Pero no hay datos del destino de esos fondos, en particular de más de $71.000 millones destinados a electricidad, siendo que el año pasado el precio mayorista de la energía ya había tenido tres actualizaciones.

Lo que Energía no muestra es cuánto perciben las petroleras, las generadoras eléctricas y el Estado sobre las facturas que pagan los usuarios, y ése es un punto clave para conocer el real costo fiscal de cualquier medida sobre tarifas.

La emergencia que se aprobó en Diputados, incluye los servicios cuyas tarifas o precios son fijados por el Estado nacional, por lo que quedan comprendidos el gas por redes y el precio de la garrafa de GLP en todo el país, el precio mayorista de la energía y las tarifas de transporte eléctrico que se fijan también a nivel nacional, y por otro lado las tarifas de Edenor, Edesur y AySA. Según el proyecto, la emergencia regirá hasta el 31 de diciembre de 2019, y las tarifas se deberán retrotraer al 1 de noviembre de 2017.

Esto es antes de los dos últimos aumentos en gas y energía eléctrica, y de la suba que está aplicando AySA desde este mes. Según el texto, a partir del 1 de noviembre del año pasado y para este año y el próximo, los aumentos en esos servicios para residenciales no deberán ser superiores al coeficiente de variación salarial.

La disposición exceptúa a los hogares de la categoría R34 en gas (los que exceden un consumo de 1.800 metros cúbicos anuales en el área de Capital Federal y GBA, límite que es más alto en regiones frías), y a los que consuman más de 1.200 kilovatios por bimestre. Para las micro, pequeñas y medianas empresas, cooperativas o empresas recuperadas, las subas de tarifas no deberán exceder el índice de precios mayoristas (IPIM).

Según el proyecto, las prestadoras tendrán un plazo de 60 días para acreditar la diferencia a favor en las facturas de los usuarios.

Además, se cambian los requisitos para acceder a la tarifa social incluyendo a todos los que perciban hasta tres salarios mínimos, vital y móvil (ahora el beneficio alcanza a los que perciben dos salarios). También se incluyen centros asistenciales públicos como entidades educativas públicas de cualquier nivel. Por otra parte, el proyecto establece que los beneficiarios de tarifa social tendrán un subsidio por parte del Estado nacional equivalente a duplicar los beneficios del 1 de mayo de 2018.

Con este punto, no solo se elimina la reducción establecida por el Ministerio de Energía desde el 1 de diciembre del año pasado sino que se amplían los beneficios anteriores, y esto sería afrontado por el Estado. La iniciativa también contempla que las prestadoras realicen una readecuación de las inversiones de acuerdo al cambio en tarifas.

También establece que esas compañías no podrán efectuar distribución de dividendos sin haber hecho las obras y obtenido autorización del ente regulatorio.


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*La información y las opiniones aquí publicados no reflejan necesariamente la línea editorial de Mining Press y EnerNews

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