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ACTUALIDAD
El fallo no afecta a Fenix y Sal de Vida: El comunicado de Arcadium
MINING PRESS
15/03/2024

Arcadium Lithium emitió un comunicado aclaratorio ante el pedido de la Corte de Justicia de Catamarca de suspender las operaciones de litio en el Salar del Hombre Muerto hasta tanto no se realice un nuevo estudio de impacto ambiental acumulativo e integral de todas las operadoras.

La minera nacida de la fusión entre Allkem y Livent emitió una declaración en respuesta a un reciente fallo judicial del Tribunal de Justicia en la Provincia de Catamarca. El fallo suspende temporalmente la emisión de nuevos permisos y autorizaciones ambientales para el área del río Los Patos hasta que el gobierno provincial complete una evaluación de impacto ambiental que tome en consideración el impacto acumulativo de todos los proyectos en el área.

"El fallo judicial no afecta las operaciones mineras existentes ni las actividades de expansión de Arcadium Lithium en sus proyectos Fénix y Sal de Vida. Todos los permisos y Evaluaciones de Impacto Ambiental (EIA) existentes de la empresa siguen siendo válidos", detalla el comunicado.

QUÉ DETERMINÓ LA CORTE

Con un fallo dividido, la Corte de Justicia de Catamarca resolvió frenar la exploración de litio en el Salar del Hombre Muerto hasta tanto no se presente un nuevo estudio de impacto ambiental “acumulativo e integral” por todos los proyectos de litio que se desarrollan en la zona.

La sentencia responde al al amparo inciado por el cacique Román Elías Guitian en 2021, el máximo tribunal resolvió hacer lugar parcialmente a la medida cautelar solicitada y ordena que la provincia se abstenga de otorgar nuevos permisos y/o autorizaciones en la zona del río Los Patos, Salar del Hombre Muerto hasta que se realice un nuevo estudio de impacto ambiental “acumulativo e integral” por todos los proyectos de litio que se desarrollan en la zona. El fallo fue dividido.

Según publicó El Ancasti, en la sentencia, la Corte ordena al Ministerio de Minería la realización de un estudio de impacto ambiental acumulativo e integral del desarrollo de la actividad minera (litio), “que deberá versar sobre el impacto ambiental acumulado sobre el Río Los Patos – Salar del Hombre Muerto – departamento. Antofagasta de la Sierra, sobre el paisaje, la fauna y flora del lugar, el clima y el ambiente en general, como las condiciones de vida de los habitantes del lugar y de la comunidad indígena afectadas”, indica la sentencia.

También ordena que deberá brindarse el libre acceso a la información, “como su consecuente participación a la Comunidad aborigen Atacameños del Altiplano y a los miembros de la localidad afectada -Antofagasta de la Sierra-”

La presidenta de la Corte, Fernanda Rosales, rechazó el pedido de suspender los permisos y autorizaciones que ya fueron concedidos, pero sí se pronunció a favor del estudio de impacto ambiental integral y acumulativo. En tanto que el ministro Miguel Figueroa Vicario votó por aceptar la medida cautelar, en los términos en los que finalmente salió el fallo, y tuvo la adhesión de Fabiana Gómez, Rita Verónica Saldaño, Hernán Martel y Marcela Soria Acuña (jueza subrogante). En tanto que el ministro José Ricardo Cáceres se pronunció por la suspensión de los permisos que ya fueron otorgados.

En octubre de 2021, la Justicia federal se declaró incompetente en la causa y se ordenó remitir el expediente a la Justicia provincial. La Corte se declaró competente para resolver en la acción de amparo ambiental.

En su voto, la presidenta de la Corte, Fernanda Rosales, argumentó que de las pruebas en la causa surge que efectivamente se están desarrollando diversos proyectos mineros cuyas consecuencias impactan en idéntica zona; esto “sin el debido estudio de impacto ambiental acumulativo e integral”. 


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*La información y las opiniones aquí publicados no reflejan necesariamente la línea editorial de Mining Press y EnerNews

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