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EDITORIAL DE LOS ANDES: "LA MINERÍA Y LA CONSULTA POPULAR"
08/03/2011

La minería y la consulta popular

Los Andes

La situación planteada con la posibilidad -o no- de permitir la explotación minera debe ser motivo de estudios profundos y de opiniones de profesionales del tema. Una cuestión complicada y muy técnica, que resulta difícil de comprender para la ciudadanía.

La Constitución Nacional, modificada en 1994, incorporó la figura de la consulta popular. En el capítulo segundo, referido a los nuevos derechos y garantías, se incluyó el artículo 40, que expresa textualmente que “El Congreso, a iniciativa de la Cámara de Diputados, podrá someter a consulta popular un proyecto de ley. La ley de convocatoria no podrá ser vetada. El voto afirmativo del proyecto por el pueblo de la Nación lo convertirá en ley y su promulgación será automática. El Congreso o el presidente de la Nación, dentro de sus respectivas competencias, podrán convocar a consulta popular no vinculante. En este caso el voto no será obligatorio. El Congreso, con el voto de la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara, reglamentará las materias, procedimientos y oportunidad de la consulta popular”.

Hasta el momento, ese mecanismo de consulta, no vinculante, fue utilizado durante la presidencia de Raúl Alfonsín, en su intento de dar por terminado el conflicto con Chile por el Canal de Beagle. El momento y la importancia del tema -conocido por todos los argentinos- así lo merecía.

No se aplicó, aún cuando la ciudadanía conocía en profundidad los temas, en aspectos urticantes, como el divorcio, el matrimonio igualitario o la despenalización del aborto. De haberlo implementado y por tratarse de aspectos que incluyen una fuerte impronta religiosa, quizás hubiese llevado a los argentinos a discusiones y rivalidades que hubieran perdurado en el tiempo.

Sin embargo, en los últimos tiempos han surgido planteos reclamando la aplicación de la consulta popular y Mendoza pareciera no estar ajena a ello, como la iniciativa de un diputado provincial consistente en plantear a la ciudadanía su opinión sobre la autorización, o no, para que la minera San Jorge opere en la zona de Uspallata.

Según el legislador, la ciudadanía podría dar su opinión el día de las elecciones primarias, abiertas y obligatorias, previstas para el 14 de agosto.

Para el autor de la iniciativa, corresponde que sean los propios mendocinos los que “deben definir el perfil de la provincia que queremos tener”, agregando que el resultado de la votación debe transformarse “en un mandato ético de cumplimiento ineludible a la hora de votar la ratificación o no del proyecto”.

La actividad minera -especialmente el proyecto San Jorge- ha sido objeto de numerosas discusiones, surgidas en las diferentes audiencias públicas que se han realizado. Un aspecto que logró su mayor magnitud cuando días pasados ambientalistas decidieron “tomar” el recinto legislativo. Ahora bien, según se conoció en los ámbitos parlamentarios, el estudio del proyecto San Jorge cuenta con una foja de más de dos mil páginas y la Declaración de Impacto Ambiental, que está en tratamiento en la Legislatura, de 88 páginas.

Los propios legisladores han manifestado que necesitarán tiempo para considerarlo porque aborda temas específicos y difíciles de comprender.

En ese marco de situación, cabría preguntarse cuál sería la consulta que se le hará a la gente y si la ciudadanía estará en condiciones de votar a conciencia y con conocimiento de la situación.
La autorización -o no- de la actividad minera tiene una importancia fundamental para el futuro económico y ambiental de la provincia. Ello exige estudios profundos, opiniones de profesionales conocedores del tema y, a partir de allí, decisiones acordes con la seriedad que el caso exige.

Y es aquí donde debe surgir la responsabilidad que les cabe a los legisladores y no derivar esa responsabilidad a la ciudadanía, como es la consulta popular.


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