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POLÍTICA
Para agilizar el debate: Los puntos que el gobierno sacó de la Ley ómnibus
ENERNEWS/MINING PRESS
29/01/2024

Para que el proyecto de Ley "Bases" sea tratado éste martes en el recinto, el ministro de Economía, Luis Caputo cedió algunos puntos del ajuste fiscal que abarcan retenciones, jubilaciones y blanqueo. 

El viernes, Luis "Toto" Caputo cerró la semana anunciando la quita del capítulo que contiene las medidas fiscales de la Ley ómnibuos, con el objetivo de avanzar con mayor velocidad con el resto de las disposiciones, más orientadas a la desregulación de la economía.

El objetivo no se negocia: Déficit cero. El paquete fiscal que se resigna en esta instancia contiene una serie de decisiones que, según anticipó el funcionario, serán debatidas con más tiempo.

El titular del Palacio de Hacienda destacó el amplio consenso alcanzado en la discusión de la norma, pero aclaró que "ha habido cierto disenso en lo que es el capítulo fiscal". Por este motivo, anunció la decisión de "retirar el capítulo fiscal de la Ley de Bases de manera de facilitar y acelerar su aprobación".

Sin embargo, indicó que "de ninguna manera eso implica que vamos a dejar nuestro compromiso de equilibrar las cuentas fiscales".

Además, Caputo explicó que "si nosotros cumplimos con el déficit cero vamos a dejar de tener en el mediano plazo problemas de inflación, deuda y dólar y vamos a sentar las bases para el crecimiento".

En esta línea, el Ministro remarcó que "durante el último mes el Banco Central ha comprado más de US$ 5.000 millones, que la inflación muy alta ha venido más baja que lo que esperaban los analistas privados, y que hemos logrado solucionar el problema de la deuda comercial de los importadores".

LAS MEDIDAS QUE SALEN DE LA LEY ÓMNIBUS

+ Retenciones. Un capítulo que tuvo idas y vueltas con los porcentajes, la subas y bajas y la quita de las economías regionales del tributo, ahora será debatido "con más tiempo".  La propuesta eleva los derechos de exportación hasta un  15% para los productos vendidos al exterior que hasta hoy no pagaban nada. Para soja y sus subproductos (como harina o aceite) la alícuota será de 33%.

Hidrocarburos o minería mantendrán las tasas vigentes pero podrían aumentar con un tope del 15%. Aceite esencial de limón y el complejo vitivinícola pagarán 8%; mientas que los productos de economías regionales no tendrán retenciones.

+ Blanqueo.  Incluye sujetos residentes y no residentes. Habrá tiempo para sumarse a la exteriorización hasta el 30 de noviembre de 2024. Edividido en tres etapas:  hasta el 31 de mayo, la penalidad por el ingreso al régimen será de 5%; una segunda etapa con fecha límite de pago hasta el 10% que tendrá lugar hasta el 31 de agosto; y una última etapa, con una alícuota de 15%, y que terminará el último día de vigencia de la exteriorización de activos. En ningún caso AFIP cobrará el impuesto especial si se declaran menos de US$ 100.000

+ Regularización. El punto incluye obligaciones impositivas vencidas hasta el 30 de noviembre del 2023 y excluye deudas por ART, aportes y contribuciones a obras sociales, seguros de vida obligatorios, aportes a personal de casas particulares, entre otros.

 Ante un pago al contado dentro de los 90 días desde que se implemente la medida,  condonación de deudas de 50%; pago en cuotas dentro de los 90 días implicará un descuento de 30%; y pago en cuotas a partir del día 91, un perdón de 10% del total. En todos los casos se descontará el 100% de las multas previstas.

+ Bienes personales. El capítulo proyecta un esquema de pago anticipado de ese tributo por los montos que corresponden a los próximos años, unificados, hasta 2027. Se trata del Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (“REIBP”),

La cancelación total del impuesto a pagar bajo el REIBP deberá ser realizada hasta el 31 de mayo de 2024, inclusive. Los contribuyentes deberán realizar un pago inicial del REIBP de no menos del 75% del total del impuesto a determinar bajo las normas del presente régimen.

El proyecto establece “estabilidad fiscal hasta el año 2038″ en relación con Bienes Personales y prevé una baja general de alícuotas para Bienes Personales en los próximos años. Las tasas, que hoy van desde 0,50% a 1,50%, pasarían a ser en 2024 de 0,50% y 1,30%; en 2025 de 0,50% y 1,10%; en 2026 de entre 0,50% y 1% y, en 2027, quedarían solo una alícuota única de 0,50 por ciento.

+ Jubilación. El artículo 106 de la norma suspende la aplicación de la fórmula de movilidad jubilatoria que se utiliza para actualizar los haberes por jubilaciones y pensiones, la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo, por ejemplo. También se suspende la vigencia para prestación básica universal, la compensatoria, el retiro por invalidez, por fallecimiento y por permanencia.

+Ganancias. El proyecto, enviado de manera conjunta con la Ley ómnibus, también queda sin efecto. El plan establece que el tributo será pagado por aquellos contribuyentes solteros que tengan ingresos brutos mensuales superiores a 1.250.000 pesos. Además, en el caso de los trabajadores casados con dos hijos, no pagarán con salarios hasta $ 1.590.062. Aunque en esos casos, pagarán un monto muy bajo, ya que la iniciativa prevé escalas bien diferenciadas con actualización trimestral en base al Indice de Precios al Consumidor (IPC).

 


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*La información y las opiniones aquí publicados no reflejan necesariamente la línea editorial de Mining Press y EnerNews

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