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FINANZAS
Cómo será la nueva Ley de Fusiones del Perú
MINING PRESS/ENERNEWS/infoMercado

Se evaluarán las operaciones de concentración en compañías que registren ventas mayores a 507.2 millones de soles

13/08/2020

ALESSANDRA ROSAS

Ante la Comisión de Defensa del Consumidor del Congreso, Hania Pérez de Cuéllar, presidenta del Consejo Directivo del Indecopi, declaró que se planea acelerar el proyecto de ley antimonopilio.

En dicha reunión se evaluó el Decreto de Urgencia N° 013-2019, documento donde se establece este control previo.

Se planteó si el control previo de fusiones empresariales podría comenzar a estar vigente a partir de enero del 2021.

Como se recuerda, el Gobierno prorrogó la vigencia de la Ley de Fusiones para marzo del 2021.

Sin embargo, la iniciativa legislativa de autoría de Zenaída Solís, propone que se aplique desde este año pues “ante la crisis en el país debido a la pandemia, se corre el riesgo de que muchas marcas sean compradas y desaparecidas por grupos más poderosos”, dijo en diálogo con La República.

Por su parte Hania Pérez afirmó que existe la mejor disposición para acelerar los procesos, siempre y cuando las otras instancias (como el Ministerio de Economía) puedan agilizar el proceso y así, entrar en vigencia.

Contrario a esto Mario Zúñiga, Líder de Competencia y Mercados de EY Law, señaló que la propuesta de la parlamentaria del Partido Morado introduce mucha incertidumbre.

“Ahora por la crisis, las fusiones podrían salvar algunas empresas y eso le conviene a los consumidores y a los proveedores. Un nuevo cambio de vigencia entorpecería y afectaría los planes de fusiones ya planeados”, comentó durante la Comisión.

¿Qué indica la norma?

De acuerdo con lo establecido, se evaluarán las operaciones de concentración en compañías que registren ventas mayores a 507.2 millones de soles (118 mil UIT) en conjunto.

Y si al menos dos de las empresas involucradas tengan ingresos por 77.4 millones de soles (18 mil UIT) cada una.

Luego de evaluada la operación, Indecopi puede aprobarla sin condiciones, con condiciones, o puede negarla.

La entidad, puede revisar concentraciones en todos los mercados.

Pero, en el caso de entidades financieras solo se encargaría de evaluar procedimientos regulares.

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), se encargaría de revisar operaciones que representen riesgos para la estabilidad del sistema financiero.

Por su parte Jaime Delgado, excongresita y expresidente de la Asociación Peruana de Consumidores (ASPEC) señaló a Diario Estrella Digital que Indecopi ya cuenta con la experiencia para atender todas las notificaciones de fusiones.

“No podemos diversificar las competencias, si ya tenemos una Autoridad, no fraccionarla”, comentó.

Otro cambio que busca introducir el proyecto de ley es que sea la Comisión de Libre Competencia del Indecopi la única autoridad encargada del Control Previo de Fusiones, incluso, en el caso del sistema financiero y de seguros, así como aquellas empresas reguladas por la Superintendencia de Mercado de Valores (SMV).

Contexto

Cabe indicar que a la par del debate, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) a puesto a consulta pública el proyecto de reglamento de la “ley fusiones”.

Y se esperaría que para el 19 de noviembre de este año se publique el reglamento de este decreto de urgencia para tener mayores detalles.

Luego de ello, Indecopi deberá publicar las guías o lineamentos que complementarán el reglamento a fin de que haya mayor claridad sobre el procedimiento de control previo.


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*La información y las opiniones aquí publicados no reflejan necesariamente la línea editorial de Mining Press y EnerNews

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