A través de la Resolución 952, El Ministerio de Economía aprobó el plan de acción y presupuesto 2021 de Yacimiento Carboníferos Fiscales (YCRT).
El documento estima $ 14.742.000 en ingresos de operación y fíjan en $ 6.821.000.000, los gastos de operación, y como consecuencia el resultado operativo (pérdida de operación) es de $ 6.806.258.000).
Tal como detallan los documentos anexos, $ 7.064.742.000 fueron los ingresos corrientes y $ 6.821.000.000 los gastos corrientes dando un ahorro) estimado en $ 243.742.000
$ 2.472.000.000 fueron los recursos de capital y $ 2.296.000.000 los gastos de capital. En conjunto con el ahorro se logró un superávit para el ejercicio 2021 de $ 419.742.000.
OPI SANTA CRUZ: FIN DE HUELGA Y MINA INACTIVA
OPI Santa Cruz anunció el reinicio de tareas del Sindicato Luz y Fuerza en la mina que hace más de dos años no produce carbón. Luz y Fuerza últimamente y ATE Río Turbio, habían vuelto a instalar un paro, bajo la denominación de “quite de colaboración”, que mantiene a la empresa sin actividad. Además, desde el 22 de diciembre se encuentra fuera de servicio la Usina de 21 Mw, por una simple razón: no tiene carbón para funcionar.
Ayer, ATE y Luz y Fuerza acordaron con la Intervención a través del Contador Rodolfo Herms, modificar la declaración jurada que les exigía la empresa, por la cual a todos los que cobraran la BAE, debían renunciar a la medida judicial interpuesta por la deuda existente.
Esto, había dado lugar a un nuevo paro, que de acuerdo a la comunicación sindical, estaría zanjada con este acuerdo y la actividad volvería a YCRT el día lunes 3 de enero de 2022.
El acuerdo implica un adelanto de 30.000 pesos a cada trabajador a cuenta de la Bonificación Anual Extraordinaria (BAE) y “Pasajes” correspondientes al año 2019.
La mina inactiva
Hace más de dos años que YCRT no produce nada. Luego de las PASO en el 2019 y cuando se sabía de la salida del macrismo del gobierno, los sindicatos internos de YCRT dejaron de extraer carbón. Unían un conflicto con otro y la llegada del kirchnerismo, lejos de generar un impulso a la producción, la anuló.
Tras la promesa de campaña de recomponerle todos los beneficios y el incumplimiento de muchos de ellos, ATE aplicó medidas de fuerza de manera permanente, hasta que últimamente Luz y Fuerza se plegó a las medidas, exigiendo el pago de aquellos beneficios suspendidos.
Hoy YCRT no solo no funciona sino que tiene gente licenciada, con lo cual las estimaciones de las fuentes es que hasta febrero o marzo (de no interrumpirse el acuerdo por algún otro problema) no volverá a producir, dentro de lo esperado y a fin de reactivar el mecanismo de provisión de carbón para la usina de 240 Mw, una meta autoimpuesta por esta Intervención, al punto que nunca han suspendido las inversiones.
“Los negocios de la usina siguen a todo ritmo y en marzo la Intervención va a salir a decir que van a probar el primer módulo con gas y el segundo con carbón”, adelantó una alta fuente consultada por OPI, la cual agregó “Necesitan la caliza pero el tren no funciona y como OPI en algún momento adelantó hace algunos años, tienen previsto cerrar el negocio para el traslado de la caliza por ruta, con camiones de empresarios amigos a precios exorbitantes; además no saben dónde tirar la ceniza, no hay depósito y la vía está muerta. Esa es la realidad”, concluyó.
De acuerdo a lo datos recabados, el gran objetivo del gobierno es poner en marcha el primer módulo (turbina) de la usina y para tal fin la presencia de la empresa Lares del Sur SA tiene un papel preponderante, firma sospechada de estar vinculada a gente de la política y/o del poder, sobre lo cual OPI está trabajando.
EL DECRETO
Ciudad de Buenos Aires, 29/12/2021
VISTO el expediente EX-2021-39455197-APN-YCRT#MEC, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del Plan de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2021 formulado por Yacimiento Carbonífero Río Turbio, organismo actuante en el ámbito del Ministerio de Economía.
Que la ley 24.156 y sus modificaciones, contiene en el Capítulo III del Título II, el Régimen presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la Administración Nacional.
Que obra en el expediente señalado, el informe favorable de la Oficina Nacional de Presupuesto dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto, de la Secretaría de Hacienda, del Ministerio de Economía, sobre la medida propiciada.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.
Que esta resolución se dicta en virtud de las facultades previstas en el artículo 49 de la ley 24.156 y en su decreto reglamentario 1344 del 4 de octubre de 2007.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2021 de Yacimiento Carbonífero Río Turbio, organismo actuante en el ámbito del Ministerio de Economía, de acuerdo al detalle obrante en los anexos I (IF-2021-58202881-APN-SSP#MEC) y II (IF-2021-58202898-APN-SSP#MEC), que integran esta medida.
ARTÍCULO 2º.- Estímanse en la suma de catorce millones setecientos cuarenta y dos mil pesos ($ 14.742.000) los ingresos de operación y fíjanse en la suma de seis mil ochocientos veintiún millones de pesos ($ 6.821.000.000), los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (Pérdida de Operación) estimado en seis mil ochocientos seis millones doscientos cincuenta y ocho mil pesos ($ 6.806.258.000), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del anexo II (IF-2021-58202898-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 3º.- Estímanse en la suma de siete mil sesenta y cuatro millones setecientos cuarenta y dos mil pesos ($ 7.064.742.000) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de seis mil ochocientos veintiún millones de pesos ($ 6.821.000.000) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (Ahorro) estimado en doscientos cuarenta y tres millones setecientos cuarenta y dos mil pesos ($ 243.742.000), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del anexo II (IF-2021-58202898-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 4º.- Estímanse en la suma de dos mil cuatrocientos setenta y dos millones de pesos ($ 2.472.000.000) los recursos de capital y fíjanse en la suma dos mil doscientos noventa y seis millones de pesos ($ 2.296.000.000) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el artículo 3º de esta resolución, estímase el Resultado Financiero (Superávit) para el ejercicio 2021, en la suma de cuatrocientos diecinueve millones setecientos cuarenta y dos mil pesos ($ 419.742.000), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del anexo II (IF-2021-58202898-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Martín Guzmán
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 30/12/2021 N° 102004/21 v. 30/12/2021