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LEY ÓMNIBUS
Incentivo a inversiones, privatizaciones y blanqueo: El proyecto de Ley de Milei
MINING PRESS/ENERNEWS
27/12/2023

"Y todavía hay más", esa fue la expresión de Javier Milei en una entrevista radial tras el lanzamiento del DNU y no mintió. Al Congreso llegará una Ley ómnibus que abarca desde reventa de entradas de futbol, pasando por la reforma la movilidad jubilatoria hasta la apertura a la privatización de un listado de 41 empresas.

A través del ministro del Interior Guillermo Francos, el Poder Ejecutivo envió la  "Ley de Bases y Puntos de Partida para La Libertad de los Argentinos" al Congreso que entre una de sus medidas crea un régimen de incentivo para las grandes inversiones (RIGI), el artículo otorga a "los titulares y/u operadores de grandes inversiones en proyectos nuevos o ampliaciones de existentes que adhieran a dicho régimen, los incentivos, la certidumbre, la seguridad jurídica y la protección eficientes de los derechos adquiridos a su amparo".

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El capítulo dos del proyecto de 183 páginas, establece: "Declaración sujeta a privatización. Decláranse 'sujeta a privatización', en los términos y con los efectos de la Ley N° 23.696 de Reforma del Estado, las empresas y sociedades de propiedad total o mayoritaria estatal enumeradas" (ver lista completa abajo). Y aclara que a los fines de las privatizaciones señaladas en el artículo se constituirán sociedades anónimas, en las cuales el "Poder Ejecutivo nacional podrá conservar una (1) acción con derecho a veto en las decisiones que impliquen el cierre de la actividad”.

Al igual que durante el gobierno de Mauricio Macri y con el objetivo de recaudar, el proyecto  presenta el “Régimen de Regularización de Activos”,  un nuevo blanqueo impositivo y de capitales al que podrán adherir residentes fiscales argentinos (en la actualidad o en el pasado) y también no residentes que tengan bienes en el país. La convocatoria estará abierta hasta el 30 de noviembre de 2024.

La base imponible serán US$100.000; las alícuotas irán del 5% al 15% y se incrementarán a medida que el pase el tiempo de adhesión. El pago se calculará y se hará en dólares. Al abonar esa alícuota, no tendrán que pagar otros impuestos adeudados sobre los bienes declarados.

Los bienes que se pueden blanquear dentro de la Argentina son, entre otros, dinero en efectivo (las tenencias en pesos se expresarán en dólares), participaciones accionarias, inmuebles, títulos valores (bonos, acciones, etc.) y bienes intangibles. Los mismos ítems se pueden declarar si están en el exterior y en ese ámbito también se suma la tenencia de criptomonedas. En ningún caso se podrán blanquear tenencias en paraísos fiscales.

No podrán adherirse al blanqueo los funcionarios públicos con cargos ejecutivos o legislativos, jueces, personal de las fuerzas armadas y de universidades públicas, personas que presten servicio en la administración pública con rango de director en adelante, interventores, funcionarios de organismos de control de servicios privatizados y personal de los organismos de inteligencia. También quedan excluidos sus familiares y sus exparejas.

Además, se crea el "Régimen especial de ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales" (REIBP) por todos los períodos fiscales hasta el 31 de diciembre de 2027. Quienes opten por este régimen tributarán el Impuesto sobre los Bienes Personales correspondiente a los períodos fiscales 2023, 2024, 2025, 2026 y 2027 en forma unificada.

"A efectos de determinar la base imponible del Impuesto sobre los Bienes Personales para los períodos fiscales 2023 a 2027 deberá cumplirse con las condiciones que se enuncian a continuación:

+Se tomarán en cuenta los bienes existentes en el patrimonio del contribuyente al 31 de diciembre de 2023, inclusive.

+Se procederá a valuar todos los bienes del patrimonio existentes al 31 de diciembre de 2023 usando para ello las reglas de valuación previstas en la Ley N° 23.966 del Impuesto sobre los Bienes Personales, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones. Tratándose de los bienes a los que alude el inciso g) del artículo 22 de la citada norma legal, el valor total de los bienes gravados en el país comprenderá aquellos que puedan ser detraídos de conformidad con el punto 3.

+Del monto resultante, se restará el valor de los bienes exentos indicados en el artículo 21 del Título VI de la Ley N° 23.966 del Impuesto sobre los Bienes Personales, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones".

Otro beneficio para los morosos. Si bien muchos deudores son la consecuencia de un sistema de ajuste, siguiendo la línea de la recaudación, el proyecto de ley incluye una moratoria llamada “Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de Seguridad Social” será para deudas vencidas hasta el 30 de noviembre de 2023.

ncluye deudas por el aporte solidario de las grandes fortunas; obligaciones de los agentes de retención y percepción que hubieran omitido retener o percibir; obligaciones fiscales vencidas al 30 de noviembre de 2023, inclusive, incluidos los planes de facilidades de pago; y multas por infracciones previstas al Código Aduanero.

A los sujetos que se acojan a la moratoria se les perdonarán las multas, pero tendrán más beneficios según la forma de pago elegida y la fecha de adhesión: Quienes paguen al contado y se adhieran en los primeros 90 días percibirán una condonación del 50% de los intereses resarcitorios y punitorios; Aquellos que regularicen la deuda mediante un plan de pagos obtendrán una condonación del 30% de los intereses resarcitorios si se adhieren en los primeros 90 días y de 10% si lo hacen después de ese período.

 

 LA LISTA DE EMPRESAS SUJETAS A PRIVATIZACIONES

Administración General de Puertos S.E.

Aerolíneas Argentinas S.A.

Empresa Argentina de Soluciones Satelitales S.A.

Agua y Saneamientos Argentinos S.A.

Banco de la Nación Argentina

Banco de Inversión y Comercio Exterior S.A.

Casa de Moneda S.E.

Contenidos Públicos S.E.

Corredores Viales S.A.

Correo Oficial de la República Argentina S.A.

Construcción de Viviendas para la Armada Argentina S.E.

Dioxitek S.A.

Educ.Ar S.E..

Empresa Argentina de Navegación Aérea S.E.

Energía Argentina S.A.

Fábrica Argentina de aviones “Brig. San Martín” S.A.

Fabricaciones Militares S.E.

Ferrocarriles Argentinos S.E.

Innovaciones Tecnológicas Agropecuarias S.A.

Intercargo S.A.U.

Nación Bursátil S.A.

Pellegrini S.A.

Nación Reaseguros S.A.

Nación Seguros de Retiro S.A.

Nación Servicios S.A.

Nucleoeléctrica Argentina S.A.

layas Ferroviarias de Buenos Aires S.A.

Polo Tecnológico Constituyentes S.A.

Radio de la Universidad Nacional del Litoral S.A.

Radio y Televisión Argentina S.E.

Servicio de Radio y Televisión de la Universidad de Córdoba S.A.

Talleres Navales Dársena Norte S.A.C.I. y N.

Telam S.E.

Desarrollo del Capital Humano Ferroviario Sapem.

Belgrano Cargas y Logística S.A.

Administración de Infraestructuras Ferroviarias S.E.

Operadora Ferroviaria S.E.

Vehículo Espacial Nueva Generación S.A.

Yacimientos Carboniferos Fiscales Empresa del Estado

Yacimientos Mineros de Agua de Dionisio (ymad)

YPF S.A.


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*La información y las opiniones aquí publicados no reflejan necesariamente la línea editorial de Mining Press y EnerNews

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